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Actualizado hace 42 minutes | ISSN: 2805-6396

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Congreso


Proyecto de reorganización de clubes deportivos pasa a sanción presidencial

29 de Abril de 2011

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Nota:
28759

La plenaria del Senado aprobó esta madrugada el informe de conciliación del proyecto de ley que busca reorganizar los clubes deportivos, luego de que la plenaria de la Cámara de Representantes hiciera lo propio, el pasado miércoles.

 

La iniciativa, que pasa a sanción presidencial, modifica la Ley del Deporte (L. 181/95), incluyendo nuevos requisitos para que los clubes se organicen como corporaciones o asociaciones deportivas o como sociedades anónimas.

 

Por ejemplo, si se trata de clubes con deportistas profesionales organizados como sociedades anónimas, el número mínimo de accionistas será de cinco, mientras que las corporaciones o asociaciones deberán tener entre 100 y 1.500 asociados. Así mismo, estos últimos deberán poseer, al menos, 500 afiliados o aportantes.

 

Los clubes con deportistas profesionales organizados como sociedades anónimas en ningún caso podrán tener un capital suscrito y pagado a la fecha de su constitución o de su conversión inferior de 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, agrega el texto conciliado.

 

Los particulares o personas jurídicas que adquieran aportes y/o acciones en clubes con deportistas profesionales deberán acreditar la procedencia de sus capitales, ante el respectivo club. Este, a su vez, notificará al Instituto Colombiano del Deporte (Coldeportes), entidad que podrá verificar la procedencia de los recursos.

 

Otra novedad es la obligación que tienen los clubes con deportistas profesionales de remitir a la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) reportes sobre sus accionistas y asociados, las transferencias y derechos deportivos de sus jugadores y las operaciones sospechosas.

 

Estas últimas se refieren a fondos cuya cuantía o características no guarden relación con la actividad económica de sus socios, asociados, accionistas, directivos, trabajadores, jugadores, entre otros, o sobre transacciones que por su número, cantidades transadas o características particulares puedan conducir razonablemente a sospechar que se están utilizando para transferir, manejar, aprovechar o invertir dineros o recursos provenientes de actividades delictivas y/o relativas a la financiación del terrorismo.

 

Además, la iniciativa impone una pena de hasta cinco años de prisión a quien, en un espectáculo deportivo, estadio, cancha o tribuna, en su entorno o con ocasión del evento deportivo, emplee o lance contra cualquier persona, edificio o medio de locomoción alguna sustancia u objeto peligroso. La pena se incrementará a 10 años, cuando se realice con fines terroristas.

 

También se propone regular la conversión de los clubes con deportistas profesionales organizados como corporaciones o asociaciones deportivas a sociedades anónimas y establecer un término de seis meses para que estos lleven a cabo un procedimiento de recuperación económica y administrativa, si a la fecha de la sanción de ley se encuentran en estado de cesación de pagos, entre otras causales.

 

(Congreso de la República, Informe de conciliación P. L. 073/10C-077/10C-201/10S, 4/26/2011)

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