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Actualizado hace 7 hours | ISSN: 2805-6396

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Congreso


Proyecto de ley pide revivir normas previas a la reforma laboral del 2002

29 de Julio de 2011

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Nota:
28277

El aparente fracaso de la Ley 789 del 2002 (reforma laboral) en materia de generación de empleo ha motivado la presentación de varios proyectos de ley que buscan derogarla o revivir varias disposiciones previas a su vigencia.

 

Una nueva propuesta acaba de iniciar su trámite legislativo. Se trata del Proyecto de Ley 005 del 2011 Cámara, de origen parlamentario, que busca modificar los artículos 160, 161 y 179 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), sobre la definición de trabajo diurno y nocturno, la jornada laboral y la remuneración por trabajo en dominicales y festivos.

 

Según la iniciativa, la jornada diurna será entre las 6:00 a.m. y las 6:00 p.m. (actualmente, es hasta las 10 p.m.) y la nocturna, entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m.

 

También propone que el trabajo en domingos y festivos se remunere nuevamente con un recargo del 100% sobre el salario ordinario. Después de la Ley 789, el recargo es del 75%.

 

Empleador y trabajador podrían acordar que la jornada semanal de 48 horas se realice mediante jornadas diarias flexibles de trabajo, distribuidas en máximo seis días a la semana, con un día de descanso obligatorio, que podría coincidir con el domingo. El número de horas de trabajo diario se repartiría de manera variable durante la semana y sería de mínimo cuatro horas continuas y hasta 10 horas diarias, agrega el proyecto.

 

El autor de la propuesta argumenta que el Legislativo debe reivindicar los derechos de los trabajadores y corregir su equivocación del 2002, que permitió el desmonte de derechos laborales, buscando una “supuesta generación de empleo que nunca se logró”.

 

Tercerización laboral

Otro proyecto radicado recientemente, el 005 del 2011 Senado, busca prohibir la contratación laboral a través de cooperativas de trabajo asociado y cualquier otra modalidad de tercerización.

 

Según la iniciativa, los empleadores que hayan contratado trabajadores con tales entidades deberán vincularlos bajo las normas del CST y el derecho laboral administrativo, según el caso. 

 

El incumplimiento de la ley acarrearía la imposición de multas hasta por 5.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

(Cámara de Representantes, Proyecto de ley 005/11C, jul. 20/11 y Senado de la República, Proyecto de ley 005/11S, jul. 20/11)

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