Congreso
Proyecto de ley busca mejorar el servicio de telefonía móvil celular
19 de Septiembre de 2013
En la Cámara de Representantes fue radicado un proyecto de ley (095/2013) que busca proteger los derechos de los consumidores de redes y servicios de telefonía móvil celular.
La iniciativa pretende que los cobros sean reales en comparación con los tiempos consumidos por los usuarios. Con ese fin, plantea que los proveedores de redes y servicios cobren por segundo consumido.
Para establecer la tarifa del segundo, los proveedores dividirán el valor del minuto ofrecido a la fecha de vigencia de la ley entre los 60 segundos que componen el minuto, de tal manera que la fracción del segundo no supere el valor actual del minuto, señala la propuesta.
Además, pide que los saldos a la fecha de corte en planes pospago o prepago no caduquen y puedan utilizarse en su totalidad. Los saldos de facturaciones anteriores se acumularían de forma indefinida, hasta la fecha en que sean consumidos, agrega.
Los proveedores de redes y servicios no podrían fijar un término para el consumo de los segundos adquiridos en la modalidad prepago. Las recargas, por su parte, tendrían una vigencia indefinida y bajo ninguna circunstancia se podría condicionar la utilización del saldo a la realización de una nueva recarga.
La iniciativa prevé que en planes pospago y prepago los operadores discriminen el número de segundos o minutos que no se consumieron en el mes anterior y le entreguen esa información al usuario. En caso que finalice el contrato, se le devolvería a este último el valor del remanente que no fue consumido, pero que fue pagado.
Sobre el servicio de roaming internacional, señala que solo será activado previa solicitud del usuario, y no se cobrará por llamadas entrantes. Las tarifas de las llamadas salientes en ningún caso podrán exceder el promedio del costo del minuto internacional, advierte.
La Superintendencia de Industria y Comercio vigilaría el cumplimiento de la norma, adelantaría las investigaciones correspondientes y, si es necesario, impondría las sanciones previstas en la Ley 1480 del 2011.
Esa entidad pondría en funcionamiento una oficina dedicada exclusivamente a la recepción de las quejas y reclamos de los usuarios por fallas en la calidad del servicio de telefonía móvil celular.
(Cámara de Representantes, PL 095/2013. sep. 17/13)
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