Congreso
Proponen regular el pago de combustible para altos funcionarios
08 de Mayo de 2012
Con ponencia positiva, inicia su trámite en el Senado el proyecto de ley que busca regular el pago del combustible para los vehículos de algunos funcionarios.
La iniciativa pretende frenar algunos déficits o desequilibrios que se vienen presentando en el gasto público, a raíz del despilfarro que se ha presentado en la administración.
En ese sentido, la propuesta limita los cargos del Estado que recibirán el beneficio de pago del combustible para sus vehículos y señala a quiénes se les podrá suministrar.
“Con esta iniciativa no se pretende limitar el desempeño de la función administrativa del Estado contenida en el artículo 209 de la Constitución Política. Por el contrario, lo que se quiere es buscar que no haya gastos innecesarios en los recursos públicos del Estado”, sostiene.
¿Qué contiene el proyecto de ley?
La propuesta, que consta de cuatro artículos, establece qué funcionarios tienen derecho al pago del combustible.
Las entidades del Estado, agrega, contarán con vehículos operativos, administrados por la dependencia respectiva, previa justificación de su utilización.
Estos entes seguirán presentando un informe anual a la Contraloría General de la República, en el que se detalle el gasto de combustible en cada vigencia, su justificación y la actividad desarrollada.
Funcionarios a los que se les pagaría el combustible
- Presidente de la República
- Vicepresidente de la República
- Secretarios del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
- Ministros del Despacho
- Viceministros
- Embajadores
- Cónsules
- Directores de departamentos administrativos y unidades administrativas especiales
- Superintendentes
- Gerentes generales, presidentes y rectores de establecimientos públicos y empresas industriales y comerciales del Estado de los niveles central y descentralizado.
- Alcaldes
- Gobernadores
- Secretarios departamentales y municipales
- Presidentes y vicepresidentes de la Mesa Directiva del Senado de la República y la Cámara de Representantes
- Concejos municipales y asambleas departamentales
- Magistrados de las altas cortes
- Contralor General de la República y Vicecontralor
- Procurador General de la Nación y Viceprocurador
- Fiscal General de la Nación y Vicefiscal
- Registrador Nacional del Estado Civil
- Defensor del Pueblo
- Generales de la República
- Funcionarios de las mismas categorías antes mencionadas de las regionales de estas entidades
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