Congreso
Prohibirían explotación minera y de hidrocarburos en manglares y terrenos de bajamar
29 de Marzo de 2016
La plenaria del Senado tiene agendada para la sesión de este martes 29 de marzo la discusión, en segundo debate, del proyecto de ley 008/14S, por medio del cual se crearía la denominada Ley de costas. La iniciativa, compuesta por 29 artículos, pretende establecer medidas concretas para la protección, defensa, recuperación, conservación y uso de las playas marinas y terrenos de bajamar.
Dentro de las medidas de protección más radicales se encuentra la posible prohibición del desarrollo de actividades mineras, exploración y explotación de hidrocarburos y la acuicultura dentro de manglares.
Por su parte, en las playas marinas y terrenos de bajamar se restringiría la actividad minera y la extracción de arena y otros minerales. Tampoco se permitirían labores de dragado y alteración de los fondos acuáticos.
Estas últimas actividades solo podrán realizarse con autorización de la Dimar, así como también deberá contar con la correspondiente licencia ambiental, para lo que se deberán tener en cuenta las regulaciones y prohibiciones establecidas en los planes de ordenación y manejo integrado de las unidades ambientales costeras.
Sanciones
Dentro del texto se mencionan cuatro situaciones que serán consideradas faltas disciplinarias gravísimas:
1) Si la autoridad ambiental otorga licencias de construcción en playas o terrenos de bajamar sin que medie previamente concesión por parte de la Dimar
2) Si el destino de la construcción es para vivienda de uso habitacional.
3) Si la autoridad ambiental no ejecuta oportunamente las órdenes de restitución sobre las playas o terrenos de bajamar y
4) Cuando no ejecute las acciones tendientes a recuperar los bienes de uso público una vez finalice el término de la concesión o se declare su terminación unilateral.
Con respecto al infractor se prevén sanciones que podrían ser:
a) Multas diarias hasta por una suma equivalente a 1.000 salarios mínimos mensuales, liquidados al momento de dictarse la respectiva resolución.
b) Revocatoria de la concesión, permiso o autorización
c) Así mismo, se podría suspender y ordenar el cierre inmediato de aquellas empresas o entidades que generen residuos que constituyan riesgo de contaminación a las playas marinas y terrenos de bajamar al superarse los límites máximos exigibles en la normativa legal vigente. (Lea: Participación de comunidades en proyectos de hidrocarburos no se agota con consulta previa)
(Senado de la República, Ponencia P. L. 08/14S, Nov. 18/15)
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