Congreso
A paso firme avanza extensa reforma al régimen de contratación estatal
15 de Junio de 2017
La iniciativa de autoría gubernamental busca otorgar la facultad a Colombia Compra Eficiente para que desarrolle e implemente estándares y documentos tipo con carácter obligatorio en la contratación de obras, interventorías y consultorías para obras y provisión de bienes. (Lea: Inicia tránsito legislativo reforma para reducir índices de corrupción en la contratación pública)
Los objetivos que fundamentan este proyecto de ley son los siguientes:
- Suscitar la sana competencia e igualdad de oportunidades de los partícipes en los procesos contractuales.
- Implantar medidas para el fortalecimiento, la eficiencia y la transparencia en la gestión, que permitan aprovechar las grandes inversiones en temas de infraestructura.
- La lucha contra la corrupción.
- Fortalecer a las empresas del sector, prescindir medidas de responsabilidad de los interventores que atentan contra el principio de igualdad.
- Y aumentar el número de proponentes en los procesos de selección.
Se modificaría la Ley 1474 del 2011 para que los interventores no puedan servir como tal dentro de los contratos que involucren a sus parientes.
También el artículo 53 de la Ley 80 de 1993, para señalar la responsabilidad de los interventores frente a los hechos y omisiones imputables a los contratistas supervisados, además de incluir la responsabilidad fiscal y disciplinaria a los consultores, interventores y asesores de los contratos.
Así mismo, variaría el artículo 33 de la Ley 1508 del 2012, el cual incluye que los interventores responderán por las actividades a su cargo y por los hechos u omisiones que les sean imputables y causen perjuicio a la entidad estatal como resultado de sus actividades únicamente en el marco del contrato de interventoría.
Se prohibiría a las entidades estatales contratar consultorías de estudios y diseños de obra e interventorías de obra bajo modalidad de selección de contratación directa a través de convenios interadministrativos o contratos interadministrativos con instituciones de educación superior públicas. (Lea: Modalidades de selección en contratación pública cambiarán completamente: Zuleta)
Además, habría un término especial de cinco días para que los proponentes alleguen los requisitos de la propuesta que no afecten la puntuación. Esta iniciativa ya cuenta con ponencia positiva para penúltimo debate, el cual será en la Comisión Primera de la Cámara.
Cámara de Representantes, ponencia proyecto de ley 084/16S -285/17C, Jun. 13/17
Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvil. Solicite un demo
Opina, Comenta