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Actualizado hace 7 minutes | ISSN: 2805-6396

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Mineducación radica proyecto que crea vigilancia especial para educación superior

25 de Noviembre de 2014

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Ante las comisiones sextas del Senado de la República y la Cámara de Representantes, la ministra de Educación, Gina Parody, radicó un proyecto de ley que busca establecer un sistema de inspección y vigilancia de la educación superior.

 

La propuesta incluye medidas preventivas y sancionatorias a cargo del Ministerio de Educación. Además, contempla la creación del mecanismo de vigilancia especial, para las irregularidades o anomalías graves que se presenten en las instituciones.

 

En cuanto a la inspección, faculta al ministerio para obtener información jurídica, contable, económica, administrativa o de calidad de parte de las instituciones, de manera oportuna y completa, y de acuerdo con las indicaciones de aquel. La cartera podrá verificar la información presentada, con el fin de garantizar su veracidad y objetividad, y requerir a la institución, para que se abstenga de realizar actos de publicidad engañosa.

 

De igual forma, el ministerio estaría facultado para exigir la preparación y reporte de los estados financieros de periodos intermedios, cuando no se ajusten a las normas; examinar y verificar la infraestructura institucional y las condiciones físicas en que se desarrolla la actividad educativa, y hacer los requerimientos necesarios para garantizar la prestación del servicio en condiciones de calidad y seguridad.

 

En materia de vigilancia, el proyecto establece visitas generales a las instituciones, auditorías sobre los procedimientos financieros y contables, solicitud de información detallada en materia financiera a los directivos, y acompañamiento permanente para implementar medidas encaminadas a restablecer la continuidad del servicio y el mejoramiento de su calidad.

 

Además, conmina a los representantes legales, rectores o miembros de los órganos de dirección, para que se abstengan de realizar actos contrarios a la ley, los estatutos o de invertir y destinar recursos por fuera de la misión y los fines de la institución. El incumplimiento de estas obligaciones acarrearía multas sucesivas de hasta 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).

 

Vigilancia especial

La principal novedad del proyecto es la creación de medidas de vigilancia especial, cuando una institución presente problemas en su servicio, con el fin de que se puedan superar en el menor tiempo posible, para garantizar los derechos de la comunidad educativa, la continuidad y la calidad del servicio o la inversión o el manejo adecuado de los recursos, en el marco de la autonomía universitaria.

 

Entre esas medidas está la designación de un inspector in situ, para que vigile permanentemente la gestión administrativa o financiera de la institución, y la suspensión temporal de los registros calificados de los programas académicos o del trámite de solicitudes de nuevos registros o renovaciones, mientras se restablece la prestación normal del servicio.

 

El ministerio podría ordenar la constitución de una fiducia para el manejo de los recursos y rentas de la institución, con el fin de que sean conservados, invertidos, aplicados o arbitrados en actividades propias y exclusivas de su misión social.

 

Si uno o varios directivos, representantes legales, administradores o revisores fiscales no cumplen, impiden o dificultan la implementación de las medidas u órdenes fijadas por el ministerio durante la vigilancia especial, podrán ser remplazados por un término de hasta un año, prorrogable por una sola vez, por la persona natural o jurídica que designe el ministerio.

 

Sanciones

La iniciativa prevé varias sanciones, de acuerdo con los procedimientos y procesos de investigación enmarcados en la Ley 30 de 1992, especialmente en sus artículos 50, 51 y 52.

 

Sanciones a directivos, representantes legales, administradores o revisores fiscales de la institución de educación superior:

 

• Amonestación privada y/o pública.

 

• Multas personales de hasta 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

• Separación del cargo e inhabilidad hasta por 10 años para ejercer cargos en instituciones de educación superior.

 

Sanciones a las instituciones de educación superior investigadas:

 

• Multas institucionales de hasta 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

 

• Suspensión de programas académicos, registros calificados o nuevas admisiones, hasta por dos años.

 

• Cancelación de programas académicos o de registros calificados.

 

• Suspensión y/o cancelación de la personería jurídica de la institución.

 

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