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Congreso


Maquinaria pesada incautada sería destinada a ejecución de obras públicas

31 de Agosto de 2016

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Los congresistas Eduardo Díaz Granados y Andrés García Zuccardi son los autores de un proyecto que pretende dar una destinación específica a la maquinaria pesada incautada dentro de los operativos que se realizan en contra de  las diferentes actividades ilícitas alrededor del país.

 

Así pues, la maquinaria pesada que sea encontrada en la realización de conductas punibles ejercidas por cualquier persona natural o jurídica será objeto de la extinción de dominio a que hace referencia la Ley 1708 del 2014.

 

¿Qué se entenderá como maquinaria pesada?

 

Maquinaria pesada será considerada toda aquella tecnología de construcción, agricultura o minería que se destina para realizar tareas como el movimiento de tierra, construcción, levantamiento de objetos pesados, demolición, excavación o transporte de material.

 

La destinación y uso de la maquinaria

 

La iniciativa propone la creación del Fondo Nacional de Maquinaria Pesada (FNMP), dependencia sin personería jurídica adscrita al Ministerio de Transporte.

 

Dicho fondo tendrá por objeto la administración para entregar en comodato la maquinaria pesada que haya sido objeto de extinción de dominio. La entrega de la maquinaria se hará semestralmente previa convocatoria del FNMP y se beneficiarán los municipios de cuarta, quinta y sexta categoría, para que la utilicen en la implementación o ejecución de obras públicas que beneficien a la comunidad.

 

El Ministerio de Transporte tendrá la responsabilidad de reglamentar la estructura y el funcionamiento del fondo.

 

Toda organización de campesinos que declare ante notario público que no cuenta con recursos económicos y que requiere maquinaria también se puede postular en las convocatorias, con el objetivo de incentivar la producción agropecuaria y generar competitividad en el sector.

 

Si varios municipios aledaños consideran que no tienen de manera individual condiciones para el mantenimiento de la maquinaria podrán asociarse para obtener colectivamente los beneficios anteriormente señalados.

 

Dentro de las asociaciones se tendrán en cuenta a las comunidades indígenas y afrocolombianas de acuerdo a sus organizaciones propias legalmente reconocidas.

 

Contratos de leasing

 

Las empresas de agroindustria podrán tomar en arrendamiento o leasing la maquinaria excedente, los ingresos que se obtengan como producto de este canon tendrán como destino el mantenimiento y renovación del fondo de maquinaria.

 

El Ministerio de Transporte tendría la obligación de vigilar el cumplimiento de los contratos suscritos por el Fondo Nacional de Maquinaria Pesada, con el acompañamiento de los órganos de control y la Defensoría del Pueblo.

 

Cámara de Representantes, Proyecto de ley 073/16C, Ago. 15/16

 

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