Congreso
Lista ponencia sobre incremento punitivo para delitos electorales
18 de Septiembre de 2015
La iniciativa que busca un incremento punitivo para los delitos que afectan los comicios electorales comenzará a discutirse en la Cámara de Representantes, en primer debate.
Entre las modificaciones que más se destacan se encuentra la relativa a la perturbación de certamen democrático, que se castigaría con prisión de 4 a 9 años y multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Se refiere esta conducta al que perturbe o impida una votación pública relacionada con los mecanismos de participación democrática, el escrutinio o la realización de un cabildo abierto.
Igualmente, el que por cualquier medio manipule la intención de un ciudadano o un extranjero habilitado para que vote por determinado candidato, partido o corriente política incurriría en prisión de 4 a 8 años, y multa de 50 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. (Lea también: Fiscalía anuncia estrategia para combatir delitos electorales)
Frente al delito de fraude en inscripción de cédulas, se precisa que quien por cualquier medio indebido logre que personas habilitadas para votar inscriban documento o cédula de ciudadanía en una localidad, municipio o distrito diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato incurrirá en prisión de 4 a 9 años.
Así mismo, se aprobó que en igual pena incurriría quien inscriba su documento en localidad, municipio o distrito diferente a aquel donde haya nacido o resida con el propósito de otorgar ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato. (Lea también: Las reformas penales siguen en aumento en el Congreso)
También, se modificó la disposición que establece que quien estando inhabilitado para desempeñar cargos públicos se inscriba como candidato para ocupar un cargo de elección popular o una vez elegido se posesione, incurriría en prisión de 4 a 9 años
Como novedad, se agregó que la misma pena se aplicaría al responsable o responsables de otorgar los avales y/o realizar la inscripción de los candidatos a los cargos de elección popular.
Por otro lado, el Ministerio de Justicia, en coordinación con la Procuraduría General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Registraduría Nacional del Estado Civil, Consejo Nacional Electoral, Fiscalía General de la Nación y el Ministerio de Educación definiría en un término no mayor a un año la política criminal electoral, a partir de la entrada en vigencia la ley.
Esta política consideraría mecanismos educativos, pedagógicos y de prevención con el fin de generar respeto y conciencia frente a la importancia del voto y los demás mecanismos de participación.
Por último, se propuso la realización de un nuevo censo electoral, con el fin de combatir conductas como la trashumancia electoral, y se incluyó un nuevo artículo con el fin de implementar en los colegios la pedagogía frente a las conductas tipificadas como delitos contra los mecanismos de participación democrática.
(Cámara de Representantes, Proyecto de ley 017/15C, Sep 18/2015)
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