Congreso
La reforma más grande a la Constitución Política deberá conciliarse
10 de Junio de 2015
Luego de un año de debate, este proyecto de reforma constitucional, que inicialmente tenía como eje central la eliminación de la reelección presidencial, para reajustar el sistema de pesos y contrapesos de la democracia colombiana, fue tomando forma como la gran reforma al sistema político y a la justicia desde 1991.
En la segunda vuelta de la iniciativa, los escándalos en las altas cortes generaron que el país, el Gobierno y el Legislativo enfocaran su interés en el componente de reforma a la justicia.
A pesar de la oposición de altos dignatarios de la Rama Judicial, la propuesta que conciliarán los congresistas Hernán Andrade, Armando Benedetti, Jaime Amín, Julián Bedoya, Angélica Lozano y Hernán Penagos modificará más de 30 artículos de la Constitución Política.
Ámbito Jurídico presenta los aspectos centrales:
Reforma política:
- Se eliminó la reelección presidencial, del Procurador General de la Nación, del Defensor del Pueblo, entre otros altos funcionarios.
- Se asignarán curules en el Senado, la Cámara de Representantes, asambleas y consejos para los candidatos que obtengan la segunda mayor votación en las elecciones a Presidencia de la República, Vicepresidencia, gobernaciones y alcaldías.
- Las listas de los partidos garantizarán la participación femenina, bajo principios de alternancia, paridad y universalidad.
- La “silla vacía” aplicará para delitos contra la administración pública, es decir, por corrupción.
- Habrá una curul en la Cámara de Representantes para los raizales de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
Reforma a la justicia:
- Se acaba el Consejo Superior de la Judicatura y se crea el Sistema de Gobierno y Administración Judicial, que estará a cargo del Consejo de Gobierno Judicial (nueve miembros) y de la Gerencia de la Rama Judicial.
- El Gerente de la Rama Judicial deberá ser profesional con experiencia en administración.
- Se crea la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, que ejercerá la función disciplinaria sobre funcionarios y empleados de la Rama Judicial.
- Se acaba el denominado “yo te elijo y tú me eliges”. Los servidores públicos no podrán contratar, postular o nombrar a familiares o personas que hayan intervenido en su postulación para el cargo.
- También acaba la “puerta giratoria” entre magistrados de altas cortes, órganos de control y altos cargos del Ejecutivo.
- La elección de magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado será por convocatoria pública.
- Para ser magistrados de la Corte Suprema, del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional se aumenta a 15 años el requisito de experiencia en la Rama Judicial, cátedra universitaria o desempeño como abogado.
- Se crea la Comisión de Aforados (tres miembros), para juzgar a magistrados de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema, del Consejo de Estado, de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial y al Fiscal General de la Nación.
Órganos de control
- La Defensoría obtiene autonomía administrativa y presupuestal.
- El Contralor General será elegido por el Congreso de lista conformada por convocatoria pública.
- Los contralores departamentales, distritales y municipales serán elegidos por las asambleas departamentales, concejos municipales y distritales bajo el mismo principio de mérito.
Espere un informe especial de Ámbito Jurídico cuando se conozca el texto conciliado de esta reforma constitucional y las opiniones de importantes actores de la justicia.
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