14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Congreso


Jóvenes tendrán su propio estatuto de ciudadanía

16 de Diciembre de 2011

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Nota:
27596

Las plenarias del Senado de la República y la Cámara de Representantes aprobaron el texto conciliado del proyecto de ley estatutaria por el que se expide el Estatuto de Ciudadanía Juvenil.

 

Los conciliadores acogieron la mayoría del articulado aprobado por el Senado, excepto el numeral 15 del artículo 4°, los artículos 61 al 67 y dos disposiciones nuevas sobre las asambleas juveniles, entre otros temas.

 

Los siguientes son los principales puntos de la futura ley estatutaria, que pasa a estudio de la Corte Constitucional: 

 

• Toda persona entre los 14 y los 28 años de edad se considera joven.

 

• Los funcionarios públicos tendrán capacitación en el reconocimiento de los jóvenes como sujetos de derechos, para evitar el trato discriminatorio.

 

• Se garantiza la permanencia en el sistema educativo de las jóvenes en estado de embarazo y de los portadores del VIH.

 

• Se establecen mecanismos para favorecer la inserción laboral y el trabajo de calidad. Con este fin, se fomentaría el acceso a los créditos y la creación de empresas por parte de los jóvenes.

 

• La normativa promueve políticas de segunda oportunidad para los jóvenes infractores de la ley penal.

 

• Los partidos y movimientos políticos deberán promover organizaciones juveniles, que podrán incidir en sus decisiones.

 

• Las entidades territoriales de todos los niveles deberán implementar políticas de juventud que atiendan las necesidades de los jóvenes.

 

• Se crea el sistema nacional de juventudes, que coordinará la acción de las entidades en la ejecución de las políticas públicas dirigidas a esta población. También se dispone la creación de un Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Juventud y una unidad administrativa especial.

 

• Se crean los consejos de juventudes, como mecanismos autónomos de participación y control de la gestión pública. La asamblea juvenil sería el máximo espacio de consulta del movimiento juvenil, en cada territorio.

 

•  Durante seis meses, el Presidente de la República tendrá facultades jurisdiccionales para regular los derechos y las garantías de los jóvenes pertenecientes a comunidades indígenas, afrocolombianas y Rrom.

 

(Congreso de la República, Informe de conciliación P.L. 014/11C-045/11C-084/11C-169/11S, dic. 14/11)

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