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Actualizado hace 52 minutes | ISSN: 2805-6396

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Jornada laboral de madres cabeza de familia se reduciría a siete horas

05 de Agosto de 2015

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La jornada laboral para las madres cabeza de familia se reduciría de ocho a siete horas laborales al día, para un total de 42 horas a la semana.

 

Así lo proponen en el Senado, en una iniciativa que precisa que podrían acceder a tal beneficio las mujeres, solteras o casadas, que ejerzan la jefatura  femenina de hogar y tengan a su cargo afectiva, económica o socialmente, en forma permanente, hijos menores propios u otras personas incapaces o incapacitadas para trabajar, ya sea por ausencia permanente o incapacidad física, sensorial, síquica o moral del cónyuge o compañero permanente o deficiencia sustancial de ayuda de los demás miembros del núcleo familiar.

 

El proyecto precisa que la remuneración que perciban las mujeres cabeza de familia no se podrá disminuir por la reducción de horas trabajadas y tampoco se les podría limitar la posibilidad de ejercer trabajo suplementario.

 

Así mismo, la condición de mujer cabeza de familia se  acreditaría ante el respectivo empleador año tras año. La cesación de tal condición se comunicaría al empleador de forma inmediata, caso en el cual se retomaría la duración máxima de la jornada ordinaria de ocho horas al día y 48 a la semana.

 

Vale destacar que la excepción a la duración máxima de la jornada  ordinaria también se aplicaría  a los padres cabeza de familia que se encuentren bajo la situación, quienes deberán acreditar los mismos requisitos. (Lea: Conceptos de madre y mujer cabeza de familia deben integrarse armónicamente: Corte Suprema)

 

Por último, se establecería que el Gobierno Nacional definirá incentivos especiales para el sector privado que cree, promocione o desarrolle programas especiales de empleo para quienes ejerzan la jefatura del hogar.

 

Según el autor de la propuesta, en el contexto colombiano, son muchas las familias bajo la responsabilidad de las mujeres, por lo tanto, es fundamental propiciar escenarios legales que garanticen la protección de sus derechos y los de los niños, adolescentes o mayores incapaces físicos o con disminución física.

 

(Senado de la República, Proyecto de ley 05/15C, Agosto 05/15)

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