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Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Congreso


Incidente de impacto fiscal, a punto de ser ley

13 de Noviembre de 2013

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Nota:
22645
La plenaria de la Cámara de Representantes avanza en el estudio del proyecto de ley que desarrolla el artículo 334 de la Constitución, que creó el incidente de impacto fiscal como mecanismo para garantizar la sostenibilidad fiscal de la Nación.

 

Según la ponencia favorable, la Procuraduría General de la Nación o los ministerios podrán solicitar la apertura de este mecanismo, que procedería respecto de todas las sentencias o autos proferidos por las altas corporaciones, incluidas decisiones de tutela.

 

Además, solo habría dos razones para rechazar el incidente: cuando se presente por fuera del término previsto y cuando no se corrija dentro del tiempo establecido.

 

La iniciativa señala que serán parte del incidente los demandantes y demandados que actuaron dentro del proceso que dio origen a la providencia sobre la cual se solicita, con el fin de garantizar el debido proceso. El Ministerio de Hacienda también lo será, pues es quien tiene las herramientas para conocer la real implicación de un fallo en las finanzas públicas.

 

De esta forma, en cualquier etapa de una acción judicial ante las máximas corporaciones judiciales, se podrá solicitar la intervención del Ministro de Hacienda, quien además podrá dar un concepto, que en ningún caso será vinculante, sobre los efectos de la controversia en la sostenibilidad de las finanzas públicas.

 

Una vez proferida la decisión sobre el incidente de impacto fiscal, y en caso que no prospere la solicitud, se podrá presentar un recurso de insistencia ante la misma corporación que falle el incidente.

 

Si la decisión que resuelve el incidente vulnera la sostenibilidad fiscal, el Gobierno podrá acatar el fallo en los términos contenidos en el plan de cumplimiento de que trata la norma.

 

Vale la pena recordar que, el mes pasado, la Corporación Excelencia en la Justicia (CEJ) advirtió que el proyecto de ley tiene problemas de inconstitucionalidad, inconveniencia y otros que, pese a su importancia, fueron omitidos en la propuesta.

 

(Cámara de Representantes, Ponencia proyecto de ley 139/12S-326/13C, nov. 5/13)

 

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