Congreso
Gobierno publica texto aprobado en primera vuelta del proyecto de equilibrio de poderes
02 de Febrero de 2015
El Gobierno cumplió el deber legal de publicar el texto aprobado en primera vuelta del proyecto de acto legislativo sobre equilibrio de poderes aprobado en primera vuelta, trámite indispensable para continuar el estudio de la iniciativa a partir de marzo, cuando inicia el segundo periodo de sesiones de la actual legislatura.
Cabe recordar que, en materia de justicia, esta reforma remplaza al Consejo Superior de la Judicatura con el Sistema Nacional de Gobierno y Administración Judicial, integrado por tres niveles: la Sala de Gobierno Judicial, la Junta Ejecutiva de Administración Judicial y el Director Ejecutivo de Administración Judicial.
A este último funcionario se le exigiría un título de maestría en ciencias administrativas, económicas o financieras y tener, como mínimo, 25 años de experiencia profesional, de los cuales 10 deben ser en administración de empresas o en entidades públicas.
Así mismo, prevé la creación de un tribunal de aforados, con cinco miembros elegidos por la Cámara de Representantes, que solo conocerá hechos posteriores a la entrada en vigencia de la reforma.
Otra de las modificaciones establecería que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado serán elegidos por una votación superior a las tres quintas partes de sus miembros en ejercicio, de listas de 10 elegibles elaborada mediante concurso de méritos.
Además, para ser magistrado, se necesitaría una experiencia mínima de 20 años, y si se acredita el ejercicio de la cátedra universitaria, esta debe relacionarse con disciplinas necesarias para la magistratura. Los aspirantes no podrán haber ejercido como magistrados de otros altos tribunales, advierte la propuesta.
Otras modificaciones
Eliminación de las reelecciones
El proyecto elimina la reelección presidencial. Así mismo, el Fiscal General; los magistrados del Consejo Nacional Electoral; el Registrador Nacional; el Contralor General; los contralores departamentales, distritales y municipales; el Procurador General, y el Defensor del Pueblo no podrían ser reelegidos.
Representación regional en el Congreso
El Senado de la República tendría una curul para los departamentos con menos de 500.000 habitantes. Los candidatos deberían haber vivido, como mínimo, dos años en el lugar que van representar.
También se aprobó una curul en la Cámara de Representantes para la comunidad raizal de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, para lo cual se eliminaría una curul de los representantes de los colombianos residentes en el exterior.
Ampliación de la “silla vacía”
La “silla vacía” (pérdida de la curul) se aplicaría cuando los candidatos hayan cometido delitos dolosos contra la administración pública, de lesa humanidad, crímenes de guerra o genocidio. Así mismo, se prohibiría la inscripción de candidatos que hayan sido condenados, que no podrían ser servidores públicos, ni contratar con el Estado.
Listas cerradas y participación de las mujeres
Se eliminaría el voto preferente para las corporaciones públicas, a partir del 2022. Las listas de candidatos no podrían incluir, de manera consecutiva, más de dos personas del mismo género. En las elecciones territoriales del 2015, se podrían presentar listas con voto preferente, y en las del 2016 al 2021, se implementaría un sistema mixto denominado lista semicerrada.
Curules para segundos en votaciones
El candidato que resulte segundo en las elecciones a la presidencia de la República obtendría una curul en el Senado; el segundo a la Vicepresidencia, en la Cámara; el segundo a la Alcaldía, en el Concejo, y el segundo a la Gobernación, en la Asamblea. Esta asignación no modificaría el número de curules totales en dichas corporaciones.
(Presidencia de la República, Decreto 0158, ene. 30/15)
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