Congreso
Gobierno propone segunda instancia para altos funcionarios del Estado
17 de Septiembre de 2015
En la Cámara de Representantes se radicó un proyecto de acto legislativo que modificaría las normas relativas a la investigación, acusación y juzgamiento de los congresistas y altos servidores que gozan de fuero constitucional.
La iniciativa, de origen de gubernamental, dispone que el Fiscal General o sus delegados tendrán funciones de investigación y acusación en contra de los miembros del Congreso; el Vicepresidente de la República; los ministros del despacho; el Procurador General; el Defensor del Pueblo; los agentes del Ministerio Público ante la Corte Suprema, ante el Consejo de Estado y ante los tribunales; el Contralor General de la República; gobernadores; magistrados de tribunales y generales y almirantes de la fuerza pública. (Lea también: Corte Suprema puede investigar a congresistas que renunciaron al fuero)
La competencia de esta entidad sería por los delitos cometidos en ejercicio de las funciones encargadas, las conductas acaecidas con anterioridad a la investidura y se ampliaría a los acontecimientos que tengan relación con prerrogativas desempeñadas cuando se haya cesado en el ejercicio del cargo.
Las funciones de control de garantías, por su parte, se le asignarían a salas especiales de los tribunales superiores de distrito judicial de Bogotá y Cundinamarca, en primera y segunda instancia, respectivamente. (Lea también: Así funcionaría la comisión de aforados propuesta por el Ejecutivo)
En todo caso, el proyecto facultaría al legislador para crear un tribunal nacional de garantías constitucionales para el proceso penal con competencia en todo el territorio nacional.
Adicionalmente, la propuesta establecería un nuevo modelo de juzgamiento para los aforados constitucionales señalados, a los cuales se garantizaría el principio de doble instancia. En tal virtud, contra las sentencias que profiera el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá procedería el recurso de apelación. Su conocimiento correspondería a la Corte Suprema de Justicia. Contra esta decisión únicamente procedería recurso extraordinario de revisión.
Ajustes a las funciones de la Corte Suprema
La iniciativa permitiría al legislador determinar las salas en las que se dividiría el alto tribunal y los temas que le corresponderían a cada una de ellas. Sin embargo, la modificación propuesta indica que debe existir una sala exclusiva para asuntos relacionados con la casación penal, revisión y extradición.
La Corte Suprema conocería en segunda instancia las apelaciones en contra de las decisiones proferidas por el Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá en los procesos de aforados constitucionales, y de la apelación de las decisiones proferidas por el Tribunal Superior de Cundinamarca, en aquellos procesos fallados contra magistrados del Tribunal Superior de Bogotá.
Las sentencias emitidas por esta alta corte no podrían ser impugnadas, por lo tanto, no procedería contra ellas recurso alguno, salvo el extraordinario de revisión.
Según el autor de la propuesta, el proyecto implica un cambio en el modelo de juzgamiento de los procesos en contra de aforados constitucionales que en la actualidad se tramitan por medio de un sistema inquisitivo, para dar paso a un procedimiento más acorde con los principios constitucionales y legales del sistema penal acusatorio.
(Cámara de Representantes, Acto Legislativo 111/15C, Sep 14/2015)
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