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Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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Congreso


Gobierno objeta el mecanismo de protección al cesante

14 de Mayo de 2013

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Nota:
24265

Delegar en el Gobierno la determinación de la naturaleza jurídica, el funcionamiento y régimen de inversión del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante es inconstitucional.

 

Así lo advirtió el presidente de la República, Juan Manuel Santos, en sus objeciones al Proyecto de Ley 241/12 Senado - 080/11 Senado - 217/12 Cámara, que crea un mecanismo de protección para los trabajadores que pierdan su empleo.

 

El mandatario explicó que la iniciativa lo faculta para hacer asignaciones y modificaciones presupuestales a los gastos de funcionamiento del servicio público de empleo, lo que desconoce el principio de legalidad del gasto.

 

En ese sentido, aclaró que el legislador debe señalar si los fondos que crea son de aquellos denomina­dos fondos cuenta o si, por el contrario, son fondos con personería jurídica y autonomía administrativa.

 

Los primeros, de acuerdo con el artículo 30 del Estatuto Orgánico del Pre­supuesto, no cuentan con personería jurídica ni con autonomía administrativa y presupuestal. Los segundos, por su parte, se comportan de forma similar a una entidad pública, cuentan con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y forman parte de la estructura de la administración, explicó.

 

“La creación legal de un fondo implica necesariamente la determinación de su naturaleza jurídica, pues es competencia exclusiva del legislador establecer si se está ante un fondo cuenta, por cuanto constituye un tipo de renta nacional especial, o frente a la creación de una nueva entidad, que de acuerdo con la Carta Política, solo compete al órgano de representación popular establecer”.

 

De otro lado, advirtió sobre la inconveniencia de un artículo que ordena reasignar recursos ya comprometidos presupuestalmente, lo cual tendría un impacto no contemplado en las disponibilidades fiscales de la Nación.

 

“Los recursos previstos en el artículo 46 de la Ley 1438 de 2011, por valor cercano a 250.000  millones anuales, actualmente ya están com­prometidos para el año 2013 en la financiación del aseguramiento del Régimen Subsidiado en salud, es decir, en el pago de la Unidad de Pago por Capitación para dicho régimen que beneficia a cerca de 23 millones de personas”, señaló el Ejecutivo.

 

Finalmente, propuso que la aplicación de estos recursos se efectúe a partir del año 2015, tal como figuraba en el texto aprobado en tercer debate y en la ponencia para el último debate en la plenaria de la Cámara de Representantes.

 

(Presidencia de la República, Objeciones P. L. 241/12S-080/11S-217/12C, mayo 9/13)

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