Congreso
Esta será la ley anticontrabando
18 de Junio de 2015
Los instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el contrabando, el lavado de activos y la evasión fiscal serán enviados a sanción presidencial, luego de la aprobación del informe de conciliación del proyecto impulsado por el Gobierno.
Los 56 artículos de la propuesta involucran aspectos penales, comerciales y relacionados con la administración aduanera.
Inicialmente, es necesario mencionar que no se cambia la cuantía para determinar qué es contrabando, se mantiene en 50 salarios mínimos mensuales, lo que se aumenta es la pena de prisión, que queda entre 4 y 8 años, y las multas, entre el 200 % y el 300 % del valor aduanero.
Otros artículos del Código Penal modificados se relacionan con contrabando de hidrocarburos (3 a 5 años de cárcel); fraude aduanero (8 a 12 años); favorecimiento por servidor público; lavado de activos; concierto para delinquir y receptación.
Por otra parte, cambia el régimen sancionatorio para productos sometidos al impuesto al consumo, en lo relacionado con decomiso de la mercancía, cierre de establecimientos, suspensión o cancelación de licencias y concesiones y multas.
Además, en materia comercial se incluyen cambios en las funciones del revisor fiscal, en las sanciones por violar prohibiciones sobre libros de comercio y en las obligaciones del comerciante.
Finalmente, el Gobierno tendrá seis meses para establecer límites en materia de frecuencias y cupos máximos de introducción de mercancías por parte de habitantes de municipios fronterizos.
Si se demuestran ingresos continuos y sistemáticos que superen las frecuencias previstas, la autoridad aduanera podrá aplicar las normas previstas en el Estatuto Aduanero y valorará la posible comisión de una conducta de contrabando fraccionado, para que la Fiscalía General de la Nación lo investigue.
(Congreso de la República, Informe de conciliación P. L. 190/14C-094/13S)
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