15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Congreso


Esta es la reforma a la salud aprobada en primer debate

30 de Julio de 2013

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Nota:
23632

La Comisión Séptima del Senado aprobó, el pasado 13 de junio, el proyecto de ley ordinaria presentado por el Gobierno para redefinir el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

 

Esta iniciativa crea una entidad que se denominará Salud-Mía, la cual administrará la afiliación de la población, recaudará las cotizaciones, administrará los recursos del sistema y realizara pagos, giros o transferencias.

 

También se crea un nuevo plan de beneficios, que se denominará Mi-Plan, el cual contendrá los servicios y las tecnologías aprobados para su uso en el país y requeridos para la atención en salud.

 

Además, se establecerá un listado de exclusiones, a cargo del Ministerio de Salud, que deberá realizar un proceso permanente de priorización técnico, participativo y transparente para excluir los servicios y las tecnologías que no harán parte de Mi-Plan

 

Así, para realizar la exclusión, se debe verificar los servicios tengan un propósito cosmético no relacionado con la recuperación o el mantenimiento de la capacidad funcional o vital de las personas, que no exista evidencia científica sobre su seguridad y eficacia clínica, que no exista evidencia científica sobre su efectividad clínica y que su uso no haya sido autorizado por la autoridad competente.

 

La iniciativa aclara que bajo ninguna circunstancia deberá entenderse que los criterios de exclusión afectarán el acceso a tratamientos a las personas que sufren enfermedades raras o huérfanas. Los pacientes con este tipo de patologías tendrán que ser cubiertos por una fuente específica de los recursos públicos de la salud, agrega.

 

Por otra parte, en remplazo de las entidades promotoras de salud (EPS), se crearán los gestores de salud, que se encargarán de operar la red de prestadores de servicios de Mi-Plan.

 

Finalmente, la propuesta señala que todos los prestadores de servicios de salud que ofrezcan atención de emergencia o electiva de cualquier tipo para niñas, niños y adolescentes deberán contar con servicios diferenciados, de acuerdo con su nivel de complejidad.

 

(Senado de la República, Proyecto de Ley 210/13S-233/13S-051/12S, jul. 23/13)

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