Congreso
Derecho a renunciar a tratamientos que prolonguen la vida, a punto de ser ley
Si el paciente no puede hacer expresa su voluntad, pueden suplirlo sus familiares o parientes, en el orden sucesoral previsto en el Código Civil.
06 de Junio de 2013
En último debate, la plenaria del Senado discutirá el proyecto de ley que busca que los enfermos terminales puedan declarar, ante notario público, su renuncia a cualquier tratamiento que prolongue su vida innecesariamente.
La iniciativa permite que, ante la ocurrencia de un hecho sobreviniente, como un accidente o cualquier otro que le impida al paciente hacer expresa su voluntad, puedan suplirlo sus familiares o parientes por afinidad, en el orden sucesoral previsto en el Código Civil.
Si el paciente no tiene herederos que puedan declarar cuál es su voluntad, será el médico tratante quien lo haga, señala el proyecto.
Esta posibilidad está sujeta a que el afectado se encuentre en una etapa irreversible de la enfermedad, y no exime a los médicos de las medidas paliativas que les ofrezca la ciencia para seguir tratándolo y evitarle padecimientos.
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