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Congreso


Créditos educativos otorgados por el Fondo Nacional del Ahorro no tendrían tasa de interés

La iniciativa propone que los beneficiarios solo asuman el pago del capital y que el Ministerio de Hacienda gire los valores correspondientes a intereses.
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04 de Abril de 2016

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El proyecto de ley 160/14C pretende que a los afiliados al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) que sean beneficiarios de créditos educativos para estudios de pregrado y que pertenezcan a los estratos 1, 2 y 3, priorizados en el Sisbén, les sean subsidiados por parte del Gobierno el 100 % de los intereses del crédito, en las modalidades de corto y largo plazo. (Lea: A partir del 2016, tope de usura para créditos de consumo sube al 29,52 %).

 

La iniciativa propone que los beneficiarios solo deban asumir el pago del capital. Adicionalmente, se impondría  como obligación del Ministerio de Hacienda girar los valores correspondientes a los intereses causados y con ello liberar a los afiliados más vulnerables de esta obligación.

 

La exposición de motivos evidencia las diferentes tasas de interés que deben pagar los beneficiarios del FNA; por ejemplo, los afiliados por cesantías llegan a pagar intereses remuneratorios por créditos a corto plazo de hasta el 11,5 % efectivo anual y para los préstamos de largo plazo el interés sube hasta el 12,5 % efectivo anual.

 

El proyecto cuenta con ponencia positiva para segundo debate en la plenaria de la Cámara de Representantes.

 

Cámara de Representantes, Ponencia proyecto de ley 160/14C, Oct. 14/15

 

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