Congreso
Consejo de Estado propone reglamentar el derecho de petición
31 de Julio de 2012
El Consejo de Estado presentó un proyecto de ley estatutaria que busca regular el derecho fundamental de petición y sustituir el Título II del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 del 2011), cuyas normas fueron declaradas inexequibles por la Corte Constitucional.
En efecto, en la Sentencia C-818 del 2011, la Corte advirtió que la regulación del derecho de petición requería la expedición de una ley estatutaria, en virtud de lo dispuesto por el literal a) del artículo 152 de la Constitución.
Según el fallo, cuando la ley actualiza o configura el contenido de un derecho fundamental con pretensión de sistematización e integralidad, debe ser expedida por el procedimiento legislativo más exigente previsto por el artículo 153 constitucional.
Así las cosas, para el Consejo, es necesario, urgente e inaplazable sustituir la regulación del derecho de petición, mediante la adopción de una ley estatutaria, con el fin de llenar el vacío jurídico al que se ve avocada esta materia dentro del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
La propuesta del alto tribunal regula, entre otros temas, el ejercicio de esta garantía ante las autoridades y las organizaciones e instituciones privadas, incluidas las entidades financieras, y las informaciones y documentos sometidos a reserva.
“Con prioridad en la dignidad humana y la garantía de sus derechos, en particular, los fundamentales, el debido proceso en el campo administrativo y el conjunto de principios de la función administrativa ampliados y elevados a rango constitucional, resulta indispensable el fortalecimiento de la regulación legal del derecho de petición para ponerlo a tono con las disposiciones superiores, los avances tecnológicos y la realidad del país”, señala la propuesta.
(Senado de la República, Proyecto de ley 031/12S, jul. 25/12)
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