Congreso
Conciliada reglamentación del incidente de impacto fiscal
05 de Diciembre de 2013
El proyecto de ley que desarrolla el artículo 334 de la Constitución Política, que creó en incidente de impacto fiscal como mecanismo para garantizar la sostenibilidad fiscal de la Nación, fue conciliado y acaba de publicarse el articulado definitivo.
La iniciativa señala que solo la Procuraduría General de la Nación o los ministerios podrán solicitar la apertura de este mecanismo, que procedería respecto de todas las sentencias o autos proferidos por las altas corporaciones judiciales, incluidas las decisiones de tutela.
La solicitud deberá presentarse ante el magistrado ponente de la sentencia o auto y este concederá la apertura del incidente dentro de los cinco días hábiles siguientes.
El solicitante deberá explicar:
- Las posibles consecuencias de la providencia en la sostenibilidad de las finanzas públicas
- Las condiciones específicas que explican dichas consecuencias y
- Los planes concretos cumplir la sentencia o los autos que se profieran con posterioridad
Justamente, en mayo pasado, el Consejo de Estado admitió el primer incidente de impacto fiscal contra la sentencia que condenó a Bogotá a pagar más de 227.000 millones de pesos por los daños ocasionados con el derrumbe de basuras del relleno sanitario Doña Juana.
En la decisión, la corporación advirtió que los aspectos procesales definidos por el artículo 334 de la Constitución son suficientes para darle trámite, y que no se requiere que el legislador reglamente esa figura.
Por su parte, la Corporación Excelencia en la Justicia ha advertido que la iniciativa tiene problemas de inconstitucionalidad, inconveniencia y otros que, pese a su importancia, fueron omitidos en la propuesta de regulación.
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