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Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Congreso


Código de Extinción de Dominio supera el último debate

27 de Noviembre de 2013

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Nota:
22476

Con 58 votos a favor y ninguno en contra, el Senado aprobó, en cuarto debate, el Código de Extinción de Dominio propuesto por la Fiscalía General de la Nación.

 

El articulado unifica las reglas sobre el tema, para hacer más expedito el procedimiento judicial de extinción y mejorar la lucha contra el crimen organizado.

 

El Senado destacó 18 características de la futura ley, entre ellas, que conserva la estructura del juicio, el procedimiento escrito y las facultades de investigación en cabeza de la Fiscalía. Sin embargo, se redefinen las causales de extinción de dominio y se elimina la etapa probatoria y de alegatos de la Fiscalía, así como el curador ad lítem.

 

El nuevo código incorpora la justicia premial, que otorga beneficios económicos a quienes entreguen bienes del crimen organizado, dependiendo del nivel de cooperación y de la importancia de la información suministrada a las autoridades.

 

Además, señala que estas deben priorizar los bienes que se van a expropiar, eligiendo los que atenten contra la seguridad nacional, como dinero, armas y aviones, y dejando en un segundo plano los bienes suntuarios, como animales, haciendas u obras de arte.

 

La iniciativa también plantea que, una vez monetizados, los recursos se dirijan en un 25 % a la Rama Judicial, en otro 25 % a la Fiscalía General de la Nación y en un 50 % a sufragar los gastos y costos que genere la administración de los bienes afectados y a financiar programas sociales dirigidos a la atención de las víctimas.

 

Vale la pena recordar que, el mes pasado, el procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez, expresó su preocupación por la iniciativa. El jefe del Ministerio Público cuestionó el hecho de que se permita monetizar los bienes que han sido extinguidos al narcotráfico, y advirtió que “no parece constitucionalmente admisible que un mismo órgano decrete la extinción de un bien para ser su directo beneficiario”.

 

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