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Actualizado hace 37 minutes | ISSN: 2805-6396

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Congreso


Avanza regulación al derecho de retracto en compras de tiquetes aéreos

20 de Agosto de 2015

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En segundo debate, la Cámara de Representantes aprobó el proyecto que busca proteger a los usuarios de servicios de transporte aéreo; en particular, se busca proporcionalidad en las penalidades cobradas por cambios de fecha y hora en los tiquetes de rutas nacionales.

 

Entre los cambios más importantes se destacan la posibilidad de que los usuarios puedan postergar la utilización del servicio en las mismas condiciones pactadas y teniendo en cuenta lo pagado, para lo cual comunicarían previamente al proveedor del servicio de transporte, con una anticipación no menor ocho días calendario. (Lea también: Estas son las nuevas sanciones para las aerolíneas que presenten deficiencias en el servicio)

 

De esta forma, los consumidores pagarían únicamente la diferencia tarifaria del servicio, en caso de existir. Lo dispuesto no aplicaría cuando se trate de tarifas promocionales debidamente registradas ante la Aeronáutica Civil. (Lea también: 10 claves que usted debe tener en cuenta para evitar abusos de aerolíneas)

 

Las principales reglas que operarían:

 

  • Frente al derecho de retracto para los tiquetes aéreos, se entendería pactado en favor del adquiriente del tiquete cuando sea ejercido a través de cualquier canal de atención del vendedor, dentro de 48 horas corrientes siguientes a la operación de compra.

 

  • El retracto solo podría realizarse con una anterioridad igual o mayor a ocho días entre el momento de su ejercicio oportuno y la fecha prevista para el inicio del servicio nacional.

 

  • La retención que se haría al usuario se efectuaría a favor del transportador. Dicho valor no podría ser superior al 10 % del valor recibido por concepto de tarifa, excluyendo tasas, impuestos y tarifa administrativa. En ningún caso, dicho monto podría  exceder los $ 60.000.

 

  • Los tiquetes que no se usen en la fecha pactada tendrían vigencia de un año para ser usados por parte del usuario, a partir de la fecha de adquisición del tiquete. Sin embargo, la empresa de transporte aéreo podría determinar unos costos administrativos.

 

  • Los usuarios podrían  corregir la información personal suministrada al momento de la adquisición del tiquete, sin que exista penalidad alguna, cuando esta información se refiera exclusivamente a los datos personales del usuario y no cambie las condiciones pactadas de prestación del servicio.

 

Otro proyecto

De otro lado, en el Senado, fue radicado un proyecto establece una protección definida para los usuarios de aerolíneas. La iniciativa eliminaría el parágrafo 2º del artículo 25 de la ley 1558 de 2012, Ley General de Turismo. La consecuencia de esto sería la aplicación del régimen del consumidor a estas empresas.

 

Según el autor de la propuesta, se busca que los derechos de  los usuarios se  respeten. “Buscaremos quién los vigile, porque con la reglamentación que hay  ahora las aerolíneas pueden hacer lo que les plazca, pueden abusar de los usuarios, maltratarlos y hasta pueden ser engañados”, sostiene.

 

Al respecto, señala que “en términos generales encontramos que no hay normas sólidas que protejan a los  usuarios de aerolíneas y, lo peor, no hay quien vigile esas normas mal hechas o si  se están cumpliendo o no porque, en la práctica, los derechos de los usuarios de  aerolíneas son casi nulos”. 

 

(Cámara de Representantes, Proyecto de ley 37/14S, Ago14/ 2015)

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