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Avanza reforma a la justicia penal militar, ONU advierte sobre riesgos de ampliar el fuero

30 de Octubre de 2014

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La plenaria del Senado aprobó ayer, en segundo debate, el proyecto de reforma constitucional que establecería que en ningún caso la justicia penal militar o policial conocerá crímenes de lesa humanidad, ni delitos de genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado.

 

Además, definiría que las infracciones al DIH cometidas por miembros de la fuerza pública, salvo los delitos anteriores, serán conocidas exclusivamente por cortes marciales o tribunales militares o policiales.

 

Esta propuesta incluye un parágrafo transitorio que facultaría a la Fiscalía General de la Nación durante un año para identificar los procesos que se adelantan contra militares y definir en qué casos tiene competencia la jurisdicción ordinaria. Con esto se introduce un blindaje constitucional encaminado a que casos como los llamados “falsos positivos” no pasen al conocimiento de la justicia penal militar.

 

'La aprobación de la reforma al fuero penal militar representaría un grave retroceso en la prolongada lucha de Colombia contra la impunidad en casos de violaciones al derecho internacional humanitario y a los derechos humanos', señaló por su parte la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Colombia en una carta enviada al Senado de la República, en la que se presentan algunas observaciones frente al acto legislativo que se tramita.

 

La oficina advierte que es fundamental que las reformas legislativas relacionadas con la justicia penal militar estén en consonancia con los compromisos internacionales asumidos por el Estado y pide al Congreso reconocer que la justicia ordinaria es competente y adecuada para conocer de violaciones a los derechos humanos e infracciones al DIH cometidas por los integrantes de la fuerza pública.

 

El documento advierte que con el nuevo proyecto la justicia militar podría ejercer su jurisdicción sobre delitos graves cometidos por personal militar o policial, pues “las ejecuciones extrajudiciales están prohibidas por las disposiciones de derecho penal general sobre homicidios y no constituyen violaciones tipificadas en el derecho penal interno'.

 

Finalmente, el ministro de Defensa, Juan Carlos Pinzón, resaltó la participación durante la sesión plenaria de Todd Howland. El funcionario aseguró que “nadie puede decir que en la democracia colombiana no se escucha a todo el mundo, y eso valoriza un debate tan importante y complejo como el que vivimos durante esta jornada”.

 

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