Congreso
Aumento de semanas para licencia de maternidad recibe ponencia favorable
07 de Marzo de 2016
El artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo prevé que toda trabajadora en estado de embarazo tiene derecho a una licencia remunerada de 14 semanas en la época de parto, esta medida se hace extensiva al padre, quien actualmente goza de ocho días hábiles remunerados de licencia.
Una iniciativa, que ya tiene ponencia favorable para primer debate, pretende garantizar condiciones efectivas para que los padres (padre y madre) puedan compartir el mayor tiempo posible con sus hijos durante los primeros meses de vida. En tal sentido, se propone un aumento de la licencia de maternidad de 14 a 18 semanas en el caso de la madre, y de 8 a 15 días para el padre.
Adicional a lo anterior, la propuesta regula lo pertinente a:
- La licencia de maternidad para madres de niños prematuros, la cual tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término, que sería sumada a las 18 semanas que se establecen en el proyecto de ley.
- Cuando se trate de madres con parto múltiple, se ampliaría la licencia en dos semanas más.
- Por su parte, en caso de fallecimiento de la madre antes de terminar la licencia por maternidad, el empleador del padre del recién nacido tendrá la obligación de concederle una licencia por término equivalente al concedido a la madre.
- En cuanto a la licencia de maternidad preparto, esta será de dos semanas con anterioridad a la fecha probable del parto debidamente acreditada. Si por alguna razón médica la futura madre no puede optar por estas dos semanas previas, podrá disfrutar las 18 semanas.
Se espera que el proyecto continúe su tránsito legislativo durante este periodo ordinario de sesiones del Congreso, que inicia el próximo 16 de marzo.
(Cámara de Representantes, ponencia P. L. 064/15C, Nov. 05/15)
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