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Actualizado hace 17 hours | ISSN: 2805-6396

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Así quedó la reforma de equilibro de poderes, tras su primer debate en el Senado

26 de Septiembre de 2014

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Luego de cuatro días de discusión, la Comisión Primera del Senado aprobó, en primer debate, la reforma al equilibrio de poderes.

 

El ministro del Interior, Juan Fernando Cristo, resaltó la aprobación de varios puntos de la iniciativa, entre ellos la lista única cerrada y la eliminación de todas las reelecciones, del Consejo Superior de la Judicatura y de la llamada “puerta giratoria” en la Rama Judicial. “Son resultados que nos dejan muy satisfechos con el trabajo de la Comisión Primera del Senado y esperamos que se pueda hacer lo mismo en los siete debates restantes”, añadió.

 

Sobre la eliminación de la Comisión de Investigación y Acusación y la creación del Tribunal de Aforados, reconoció que la forma como se aprobó “fue una derrota para el Gobierno”, pero se revisará, para que “no signifique un nuevo desequilibrio de poderes”.

 

Algunos puntos relevantes aprobados en primer debate son:

 

- Eliminación de la reelección del Presidente de la República, los magistrados, el Registrador, el Procurador, el Contralor y, en general, los altos funcionarios, que además tendrán una inhabilidad de un año para aspirar a cargos públicos.

 

- Supresión del sistema de listas con voto preferente para la elección de corporaciones públicas. Se establece la lista única cerrada y bloqueada de candidatos al Congreso, en la que hombres y mujeres figurarán de manera intercalada.

 

- Voto obligatorio durante tres elecciones (este artículo fue incluido por iniciativa del Legislativo).

 

- Circunscripciones regionales de Senado, para que los departamentos con menos de 500.000 habitantes tengan representación en esa corporación.

 

- “Silla vacía” cuando las personas elegidas a corporaciones colegiadas sean condenadas por delitos contra la administración pública. Quienes cometan estos delitos tampoco podrán contratar con el Estado.

 

- Eliminación de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes y creación del Tribunal de Aforados, conformado por nueve magistrados. Este tribunal se encargaría de investigar y juzgar la conducta de los magistrados de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Procurador General de la Nación, el Contralor General de la República y el Fiscal General de la Nación, aunque hubieren cesado en el ejercicio de sus cargos. También se crea una comisión de investigación, conformada por cinco magistrados, que investigará al Presidente, al Vicepresidente y a los magistrados del Tribunal de Aforados.

 

- Curul en el Senado para el segundo en las elecciones a la Presidencia; en la Cámara, para el segundo en la Vicepresidencia; en las asambleas, para el segundo en las gobernaciones, y en los concejos, para el segundo en las alcaldías (artículo incluido por iniciativa del Legislativo).

 

- Se mantiene la forma de elegir al Registrador Nacional del Estado Civil y al Fiscal General de la Nación. La forma de elegir al Procurador, que se modificaba en la propuesta del Gobierno, continuará su debate en la plenaria.

 

- Se modifica el sistema de elección del Contralor General de la República, que será elegido por el Congreso en pleno, en el primer mes de sesiones, para un periodo de cuatro años, de lista de elegibles conformada según lo dispuesto el artículo 126 de la Constitución.

 

- Se elimina el principio “verdad sabida y buena fe guardada” para la Contraloría, por lo que el Contralor tendrá que exponer por qué toma su decisión, sea cual sea.

 

- Se elimina el Consejo Superior de la Judicatura, que será remplazado por una Dirección Ejecutiva y una Sala de Gobierno de la Rama Judicial.

 

- Se incrementa a 25 años la experiencia exigida para ser magistrado de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado.

 

- Los magistrados de las cortes y del Consejo Nacional Electoral serán elegidos para cuatro años, y tendrán inhabilidad de un año para desempeñar o aspirar a cargos de elección popular, una vez terminado el ejercicio de sus funciones. La misma regla se aplicará al Fiscal General.

 

- La edad de retiro forzoso para los servidores públicos será de 70 años.

 

- Se obliga a los partidos políticos o movimientos ciudadanos representativos a actuar en bancadas.

 

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