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Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Congreso


Así quedó el proyecto de equilibrio de poderes luego de su paso por el Senado

08 de Mayo de 2015

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De los 25 artículos que aprobó el Senado, en sexto debate, vale destacar la prohibición de reelegir a quienes hayan ejercido como magistrados de altas cortes; a miembros de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial; de la Comisión de Aforados; del Consejo Nacional Electoral; al Procurador General de la Nación; al Defensor del Pueblo y a todos los contralores, entre otros.

 

 Tampoco podrán ser elegidos en un cargo de elección popular sino hasta un año después de haber cesado en sus funciones.

 

Se aprobó también que las salas plenas de los altos tribunales puedan solicitar a la Comisión de Aforados la suspensión de sus miembros mientras se deciden las acusaciones por indignidad por mala conducta.

 

Así,  iniciada la investigación,   la Comisión  podrá,  como medida cautelar, suspender al denunciado en el ejercicio de sus funciones, hasta por 30 días prorrogables, en consideración de la gravedad de los hechos.

 

De esta manera, si la acusación se refiere a indignidad por mala conducta, la Comisión adelantará la investigación y cuando hubiere lugar, presentará la acusación ante el Congreso en Pleno. Si la acusación se refiere a delitos, la Comisión  también la enviará a la Corte Suprema de Justicia, para que allí se adelante el juzgamiento.

 

Luego de presentada la acusación, el Congreso no podrá imponer otras penas que la de suspensión o destitución del empleo, o la privación temporal o pérdida absoluta de los derechos políticos.

 

 La Dirección de la Magistratura que se crearía para administrar la carrera judicial tendrá un director, al que se le exigirán 20 años de experiencia, de los cuales 10 serán en la Rama Judicial, y tendrá un periodo de dos años, reelegible por otros dos.

 

Igualmente, los concursos de méritos que en la actualidad adelanta la Unidad de Carrera Judicial para las jurisdicciones civil, penal, laboral, familia, administrativa y disciplinaria seguirán su trámite por parte de la Dirección de la Magistratura sin solución de continuidad.

 

El acto legislativo también ordenaría crear un colegio de abogados y el Congreso tendría dos años para expedir una ley que reglamente esta instancia que examinará la conducta y sancionará las faltas de los abogados.

 

Por último, señala que, una vez entre en vigencia el acto legislativo,  la Comisión Nacional de Disciplina Judicial asumirá todas las funciones de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura.

 

(Senado de la República, Texto definitivo P. A. L. 018/14S-002/14S-004/14S-005/14S-006/14S-012/14S-153/14C, 05/08/2015 )

 

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