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Superfinanciera tendría facultades para establecer la tasa de usura

02 de Agosto de 2016

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Esta es fue la  propuesta presentada recientemente por el del representante David Barguil. De esta manera, la iniciativa modificaría el artículo 305 del Código Penal, el cual contempla el delito de usura. (Lea: Créditos educativos otorgados por el Fondo Nacional del Ahorro no tendrían tasa de interés)

 

Así las cosas, sería competencia de la Superintendencia Financiera, previo estudio de las condiciones del mercado, desarrollar una metodología idónea para establecer la tasa de usura correspondiente a cada línea o segmento de crédito existente, para el periodo de tiempo que considere pertinente.

 

Vale la pena recordar que la junta directiva del Banco de la República es la única autoridad monetaria que puede intervenir en la fijación de las tasas máximas de interés remuneratorio.

 

Por otro lado, en países como Brasil y Perú se ha eliminado esta tasa por considerarla contraproducente para el desarrollo económico. (Lea: Superindustria adelanta investigaciones contra prestamistas usureros)

 

En opinión del autor, beneficia a la economía otorgarle a la superintendencia la facultad legal de establecer la tasa de usura, puesto que se lograría flexibilizar la fijación de esta y así establecer una tasa de usura diferenciada para cada línea de crédito existente, lo que redundaría en mejoras de acceso al crédito para todos los usuarios del sistema y, aun así, existiría un límite al interés máximo que se podría cobrar, protegiendo de este modo a los usuarios de posibles abusos.

 

Se busca mantener un límite a la tasa de interés, con el fin de proteger a los usuarios de posibles abusos del sistema financiero, facultando a la Supefinanciera para que desarrolle los mecanismos idóneos y efectivos para ello, concluyó el representante. La iniciativa se encuentra a la espera de ponencia para primer debate.

 

Cámara de Representantes, Proyecto de ley 021/16C, Jul. 25/16

 

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