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Congreso


Prohibirían en corridas de toros usar elementos que hieran o den muerte al animal

05 de Agosto de 2016

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Aunque la Corte Constitucional y el Consejo de Estado han afirmado que no se pueden prohibir las corridas de toros, por considerar esta práctica patrimonio cultural de la Nación, y que como consecuencia de ello la Ley de Protección Animal no restringió la materialización de dichas actividades, una propuesta presentada ante la Cámara radicado por 19 representantes a la Cámara pretende su reglamentación. (Lea: Se hundiría proyecto que busca prohibir corridas de toros)

 

Así las cosas, los espectáculos de rejoneo, coleo, las corridas de toros, novilladas, corralejas, becerradas y tientas, así como las riñas de gallos, no podrán utilizar elementos que laceren, mutilen, hieran, quemen o den muerte al animal utilizado en la actividad. (Lea: Confirman que mediante consulta popular no se puede prohibir actividad taurina)

 

El alcalde o su delegado tendrían la responsabilidad de dar cumplimiento a las normas de protección animal y, en caso de constatar que se utilizan dichos elementos, ordenarían la suspensión del espectáculo. La iniciativa fue designada a la Comisión Quinta, en donde se llevará a cabo el primer debate.

 

El proyecto se sustenta en una nueva realidad jurisprudencial, en cuanto a las manifestaciones culturales que involucran la participación de animales en la modernidad; además, sostiene los siguientes argumentos:

 

• La protección de los animales constituye un tema de actualidad social, ambiental y cultural.

 

• Está emergiendo una nueva conciencia y sensibilidades subjetivas sobre las formas de relacionarse con otras expresiones de vida.

 

• En Colombia se está gestando un cambio cultural que se manifiesta en la prohibición de prácticas contrarias a la solidaridad, la convivencia y la paz.

 

Cámara de Representantes, Proyecto de ley 006/16C, Ago. 04/16

 

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