A compañera permanente que discute derecho a una pensión de sobrevivientes en calidad de interviniente se le aplica ‘non reformatio in pejus’ (2:43 p.m.)
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16 de Abril de 2014
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Violar la prohibición de reformar la sentencia en contra del apelante único es causal de casación, de acuerdo con el numeral 2° del artículo 87 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, reformado por el artículo 60 del Decreto 528 de 1964, recordó la Corte Suprema de Justicia. En este sentido, señaló que esa causal de casación en mate
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