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SIC modifica reglas para designación y vigencia de organismos autorizados de verificación metrológica

La vigencia de los organismos será definida en cada convocatoria pública con estudios técnicos y económicos.

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16 de Enero de 2026

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La Superintendencia de Industria y Comercio expidió una resolución mediante la cual modificó el Capítulo Quinto del Título VI de la Circular Única y derogó la Resolución 33882/21, con el fin de ajustar el marco regulatorio aplicable a los organismos autorizados de verificación metrológica (OAVM). La decisión se fundamenta en las facultades constitucionales y legales de la entidad para organizar y administrar el sistema de metrología legal en Colombia, así como para regular la verificación de instrumentos de medición sujetos a control obligatorio.

La norma precisa que la designación de los OAVM no constituye un reglamento técnico ni un procedimiento de evaluación de la conformidad, sino un acto administrativo de carácter particular. En consecuencia, establece que el período de vigencia de cada designación deberá definirse en las convocatorias públicas respectivas, con base en estudios técnicos y económicos, y no mediante un término uniforme aplicable a todos los casos, como se había dispuesto anteriormente.

Asimismo, la resolución detalla los requisitos de elegibilidad, las obligaciones técnicas, administrativas y financieras de los OAVM, y las reglas sobre acreditación ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia. También regula aspectos como la imparcialidad, independencia, confidencialidad de la información, disponibilidad de garantías y el uso del Sistema de Información de Metrología Legal, con el objetivo de asegurar la correcta ejecución de las verificaciones metrológicas en el país.

Finalmente, se establece que la resolución rige a partir de su publicación en el Diario Oficial y que no afecta las designaciones realizadas con anterioridad, las cuales continuarán vigentes hasta el vencimiento de los períodos respectivos. La superintendencia mantendrá las funciones de inspección, vigilancia y control sobre los OAVM y el incumplimiento de las disposiciones será sancionado conforme a la normativa de protección al consumidor.

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