Gobierno reglamenta sistema obligatorio de finanzas abiertas
El consentimiento previo del titular es obligatorio para cualquier tratamiento de datos personales en el nuevo esquema.Openx [71](300x120)
09 de Abril de 2026
El Ministerio de Hacienda reglamentó el sistema de finanzas abiertas de carácter obligatorio. Esta normativa surge como una herramienta del plan nacional de desarrollo 2022-2026, con el propósito de utilizar los datos como un catalizador de justicia social y transformación económica.
El esquema busca fomentar la inclusión financiera y crediticia de sectores tradicionalmente excluidos, como la economía popular y las pequeñas y medianas empresas, mediante la disponibilidad de información para un mejor perfilamiento de riesgos. (Lea: ANÁLISIS: Portabilidad financiera en Colombia: ¿soberanía del consumidor o insipiencia regulatoria?)
Protección y soberanía sobre los datos personales
Un pilar fundamental de esta regulación es el respeto estricto a la libertad del consumidor financiero respecto al manejo de su información. El sistema establece que la circulación de datos personales solo podrá efectuarse bajo la autorización previa, expresa e informada del titular. Asimismo, las entidades participantes deben garantizar el ejercicio de derechos fundamentales, permitiendo que los usuarios conozcan, actualicen o revoquen sus consentimientos en cualquier momento. Para asegurar este proceso, se exige la implementación de mecanismos de autenticación fuerte y protocolos de ciberseguridad que impidan usos no autorizados de la información.
Estándares tecnológicos e interoperabilidad
Para el funcionamiento operativo del sistema, los participantes deben adoptar infraestructuras que permitan el intercambio automático de datos de manera segura y estandarizada. La interoperabilidad se logrará mediante el uso de interfaces de programación de aplicaciones (API), siguiendo los lineamientos técnicos definidos por la Superintendencia Financiera. El decreto abarca tanto a entidades vigiladas, como bancos, fiduciarias y administradoras de pensiones, como a terceros receptores de datos no vigilados, siempre que cumplan con los requisitos de inscripción en un directorio centralizado administrado por la SFC.
Supervisión, costos y cronograma de ejecución
La Superfinanciera será la encargada de supervisar el sistema, estableciendo indicadores trimestrales de seguimiento y un cronograma detallado para la estandarización de datos transaccionales de crédito y depósitos. En cuanto a los aspectos económicos, los proveedores de información están facultados para cobrar únicamente por la recuperación de costos directos de implementación y mantenimiento de la infraestructura, sin poder lucrarse por la información en sí misma. Finalmente, las entidades disponen de un plazo de 12 meses, tras la expedición de los estándares técnicos, para habilitar el acceso efectivo a las categorías de datos requeridas.
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