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La responsabilidad de las entidades financieras al hacer uso de bases de datos gestionadas por centrales de riesgo no se agota en la tercerización de la información (10:46 a.m.)

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02 de Noviembre de 2010

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La Corte Constitucional señaló que la responsabilidad exigida a las entidades financieras cuando usan las bases de datos gestionadas por centrales de riesgo no se agota en la tercerización de la información, pues, además, deben garantizar la confianza en su gestión y que esa actividad es realizada con el mayor cuidado y responsabilidad, máxime si se trata de proteger derechos fundamentales. En el caso concreto, una entidad bancaria respondió a la solicitud de un cliente en relación con una aclaración de un dato, pero no realizó el reporte de este a las centrales de riesgo. El alto tribunal advirtió que el derecho fundamental al buen nombre y al hábeas data no depende de la naturaleza o calidad de la información que se divulgue, esto es, no está reservado solo a aquellos datos legalmente considerados como negativos (M.P. María Victoria Calle Correa).

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