Colombia aplicará aranceles del 30 % a estos productos ecuatorianos desde febrero
Entre enero y octubre del 2025, el comercio entre Colombia y Ecuador superó los US $2.200 millones, con saldo favorable para Colombia.
23 de Enero de 2026
El Gobierno de Colombia anunció la imposición de aranceles del 30 % a 20 productos provenientes de Ecuador, medida que entrará en vigencia el primero de febrero del 2026. La decisión fue adoptada por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (Mincit) mediante los mecanismos legales previstos en la Comunidad Andina, que regula las relaciones comerciales entre ambos países.
Según el Mincit, la determinación responde al arancel del 30 % que Ecuador anunció previamente para todos los productos colombianos, bajo el argumento de una supuesta falta de colaboración en materia de seguridad fronteriza. Desde la cartera comercial se indicó que ambas naciones mantenían conversaciones sobre este tema, por lo que la medida ecuatoriana fue considerada incompatible con ese proceso de diálogo. (Lea: Colombia y Ecuador escalan tensión comercial tras arancel del 30 % y suspensión energética)
La ministra de Comercio, Industria y Turismo, Diana Marcela Morales, explicó que el arancel colombiano podrá extenderse a un mayor número de productos, decisión que será evaluada por el Comité de Asuntos Aduaneros y Arancelarios. Señaló que la medida se adopta de manera técnica y conforme a la normativa vigente, con el objetivo de corregir alteraciones en las reglas del intercambio comercial y proteger el aparato productivo nacional.
De acuerdo con cifras oficiales, entre enero y octubre del 2025, el comercio bilateral entre Colombia y Ecuador alcanzó los US $ 2.209 millones, con un saldo favorable para Colombia de US $ 849 millones. En ese periodo, las exportaciones colombianas sumaron US $ 1.529 millones, concentradas principalmente en bienes no mineroenergéticos como energía eléctrica, medicamentos, insecticidas y camiones.
Las importaciones provenientes de Ecuador objeto de la medida se concentran principalmente en productos pesqueros y agrícolas, como preparaciones de pescado, aceite de palma y arroz, seguidos por productos químicos, plásticos y manufacturas de metal, consulte el listado con partidas y subpartidas en el documento adjunto a esta nota.
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