VIDEOCOLUMNA: ¿De qué depende el aumento en las cuotas de administración de la propiedad horizontal?
La ley no establece un incremento específico, depende de los contratos y gastos que maneje cada conjunto o edificio.
23 de Enero de 2026
Por medio del Decreto 1469/25, el Gobierno fijó el valor del salario mínimo para el 2026 en $ 1’750.905. Así mismo, fijó el auxilio de transporte en $ 249.095, para un total de $ 2.000.000, a partir del 1° de enero.
Como ocurre todos los años, no solo aumenta el salario mínimo, sino que con base en él aumentan otros valores, como el transporte público, peajes, arriendos, salud y demás bienes y servicios, entre los cuales están las cuotas de administración en los conjuntos sometidos al régimen de propiedad horizontal.
Sobre este último aspecto surgen varias dudas, entre ellas si las cuotas de administración aumentan automáticamente con base en el salario mínimo o con base en el IPC; quién dispone ese aumento, la asamblea o el administrador del conjunto, y qué pasa si los propietarios no están de acuerdo con un aumento que rebasa sus expectativas. ÁMBITO JURÍDICO consultó a algunos expertos en el tema.
Germán Molano Baquero, presidente Colegio de Administradores de Propiedad Horizontal
Nicolás Escobar Bejarano, abogado especialista en derecho urbano, gestión y planeamiento urbano
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