Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Suspenden disposiciones del decreto sobre reubicación productiva de damnificados por emergencia climática

Entre otras medidas, la Corte se refirió a la facultad de la ANT para culminar procesos de recuperación de inmuebles.

Openx [71](300x120)

265850
Imagen
Suspenden disposiciones del decreto sobre reubicación productiva de damnificados por emergencia climática (URT)

Foto: URT

29 de Abril de 2026

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Corte Constitucional suspendió provisionalmente varias disposiciones del Decreto 174/26, por el cual se adoptaron medidas para la reubicación y relocalización, temporal o definitiva, de unidades de producción agropecuaria y activos rurales, necesarias para el reordenamiento social y productivo climáticamente inteligente, en el marco del estado de emergencia climática declarado mediante Decreto Legislativo 150/26.

Entre las medidas, se suspende provisionalmente la expresión “o culminará” del inciso primero del artículo 8, sobre procedimiento expedito para procesos de clarificación, deslinde, recuperación de baldíos y extinción de dominio agrario, en cuanto a la facultad de la Agencia Nacional de Tierras (ANT) para culminar dichos procesos.

Cabe recordar que la norma declara de utilidad pública e interés social la adquisición de predios rurales destinados a la reubicación de unidades productivas, con el fin de agilizar la asignación de tierras a campesinos y comunidades étnicas que perdieron sus activos productivos. (Lea: Gobierno decreta medidas de reubicación productiva para damnificados por emergencia climática)

Los magistrados Héctor Alfonso Carvajal Londoño y Vladimir Fernández Andrade salvaron el voto, mientras que Juan Carlos Cortés González lo salvó parcialmente (M. P. Jorge Enrique Ibáñez Najar).

Siga nuestro nuevo canal de WhatsApp. 

Gracias por leernos. Recuerde que si es suscriptor puede descargar el archivo soporte de esta noticia haciendo clic en el botón azul. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, los datos identificadores y los documentos sin límites.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx [12](300x250)

Openx [16](300x600)

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)