Acción de responsabilidad civil especial procede en el contrato de cuentas en participación (10:11 a.m.)
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07 de Septiembre de 2011
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En sentencia del pasado 26 de agosto, la Sala Civil de la Corte Suprema indicó que en el contrato de cuentas en participación opera la acción de responsabilidad civil especial contra el partícipe gestor que perjudica dolosa o culposamente a otros contratantes o a terceros. Además, afirmó que el ejercicio de la acción no depende de la subsistencia o liquidación del contrato celebrado. En el caso analizado, la corporación casó una sentencia que le negó la indemnización a la demandante perjudicada por la negligencia de la sociedad gestora demandada (M. P. Arturo Solarte).
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