15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 17 hours | ISSN: 2805-6396

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Para acreditar unión marital se deben evaluar todos los testimonios y sus contradicciones

30 de Marzo de 2021

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Para acreditar una unión marital de hecho los jueces deben evaluar todos los testimonios y sus contradicciones, indicó la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia.

 

En tal virtud aclaró que si la labor del juez se centra en analizar diversas declaraciones que ofrecen versiones diferentes su control debe dirigirse a cuáles son los aspectos esenciales o circunstanciales de esas discrepancias, explorando con mayor detalle los temas esenciales.

 

Por ejemplo, varios observadores pueden y suelen tener una percepción distinta del mismo fenómeno (el trato entre la pareja), además suelen calificarlo de forma diferente (“eran novios”, “ella más bien era empleada”, “eran esposos”, etcétera). (Lea: Conozca las diferencias entre la sociedad patrimonial y la sociedad de hecho).

 

También revelan diversas referencias de demostraciones de cariño (“él le decía mi amor”, “le decía por su nombre”, “ella le decía mi amor”, etcetera), en estos casos se impone una averiguación más profunda.

 

Entonces, no se trata de una aproximación intuitiva que el juez se lleva del testigo para conocer elementos característicos de su personalidad (edad, experiencia, instrucción, personalidad, contradicción, locuacidad), sino de un análisis riguroso que comprenda los enlaces y desarmonías más o menos graves que afloren en el dicho de los varios deponentes.

 

Casuística

 

La Sala Civil resolvió un recurso de casación interpuesto por los herederos determinados de un causante contra una sentencia que accedió a las pretensiones de una mujer que solicitó la declaratoria de unión marital con el fallecido, en segunda instancia. 

 

En esta oportunidad, la Corporación casó la providencia y confirmó la de primer grado, que negó las pretensiones. En el caso se presentaron dos medios de prueba, la documental que evidenciaba la soltería del fallecido y varios testimonios. (Lea: Infidelidad, por sí sola, no descarta la estructuración de una unión marital de hecho).

 

En relación con los testimonios, afirmó que el tribunal cometió varios errores relacionados con la omisión en el análisis de algunas declaraciones y en la tergiversación de otras, por cuanto varios aludían a una relación distinta a lo precisado por la accionante, esto es, una relación laboral.

 

Muchas declaraciones de personas de diversos ámbitos que participaron en el entorno en el que se desenvolvía el causante dan cuenta de una relación netamente laboral entre este y la demandante, y de la inexistencia de un trato cariñoso en ellos (M. P. Francisco Ternera Barrios).

 

Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, Sentencia SC-7952021 (68679318400220130002701), Mar. 15/21.

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