Otorgantes de la escritura pública de liquidación de sociedad conyugal deben presentar al notario el documento de identificación (12:40 p.m.)
74476
07 de Julio de 2011
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Los otorgantes de la escritura pública que contiene la liquidación de la sociedad conyugal deben presentarle al notario el documento de identificación, para efectos de evitar que personas inescrupulosas asalten su buena fe con suplantaciones de identidad. En este caso, la contraseña se puede utilizar como documento, siempre que tenga foto y firma del registrador del estado civil, precisó la Superintendencia de Notariado y Registro. Los requisitos de presentar documentos, protocolizarlos e imprimir la huella dactilar de los interesados no son obligatorios, pero, a manera de sugerencia, mediante instrucciones administrativas, fueron recomendados a los notarios.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!