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Actualizado hace 17 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Jueces pueden acudir a incidente para fijar perjuicios por violencia intrafamiliar dentro de un divorcio (1:45 p.m.)

26 de Febrero de 2020

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Nota:
114870
Por medio de un comunicado de prensa se informó de una sentencia de unificación relacionada con la tutela interpuesta por la exmagistrada Stella Conto, que ordena revocar la sentencia de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema que negó el amparo solicitado. Según la decisión, cuando dentro de un divorcio o una cesación de efectos civiles se demuestre la existencia de daños, ultrajes, maltratos o cualquier tipo de violencia intrafamiliar, esto es, se invoque la causal 3ª del artículo 154 del Código Civil, los jueces de familia deben acudir a la Convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer (Belém Do Pará), que ordena que los Estados ajusten su legislación para conseguir procesos ágiles y flexibles que permitan la reparación de la mujer violentada. Entonces, al juez no le basta con manifestar que no ostenta un instrumento nacional para la reparación, sino que debe acudir al bloque de constitucionalidad, es decir, a la Convención indicada y al sistema interamericano para decidir que si hay daño tiene que existir una reparación. Con todo, el juez de familia, dentro de estos procesos donde se demuestre la violencia intrafamiliar, puede acudir a un incidente de reparación para fijar y tasar los perjuicios ocasionados al cónyuge inocente (M. P. José Fernando Reyes Cuartas).

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