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20 de Abril de 2024 /
Actualizado hace 16 horas | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Esta es la consecuencia jurídica del emplazamiento irregular

13 de Abril de 2018

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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia explicó que un emplazamiento procede válidamente si colma rigurosamente todas las exigencias establecidas en la ley, en vista de las desventajas que pueden derivarse para el demandado de dicha forma de notificación.

 

Es por esto que la buena fe y la lealtad del actor a su manifestación juramentada en cuanto a los presupuestos que obligan al emplazamiento del demandado es de vital importancia para determinar la validez de esta forma de notificación y de las actuaciones procesales posteriores.

 

Pero si esa manifestación del demandante se falsa, contraria a la verdad y el emplazamiento resulta anómalo, debe acarrear con las consecuencias estipuladas en el artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la nulidad de lo actuado, que puede invocarse mediante el recurso de revisión. (Lea: Identifique con un caso las causales de nulidad del proceso en el CGP)

 

Nulidad

 

Conforme al inciso tercero del artículo 142 del Código de Procedimiento Civil (ahora Código General de Proceso) los términos para alegar la nulidad son amplias, más aún cuando no se ha podido actuar en el proceso y que, por lo tanto, no se ha saneado la nulidad.

 

Además, explicó que esta nulidad por indebida representación o falta de notificación o emplazamiento en legal forma también podrá alegarse durante la diligencia de que tratan los artículos 337 a 339 ídem. (Lea: Estos son los principios que sustentan la declaración de nulidad en casación)

 

También señaló que puede presentarse como excepción en el proceso que se adelante para la ejecución de la sentencia, o mediante el recurso de revisión no se alegó por la parte en las anteriores oportunidades. Y agregó que esta declaración de nulidad solo beneficiará a quien la haya invocado, excepto cuando exista litisconsorcio necesario (M. P. Álvaro Fernando García).

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, Sentencia SC-7882018 (11001020300020120217400), Mar. 22/18)

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