12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 minute | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Civil


El propietario del bien privado es quien ostenta su uso, goce y disposición (2:55 p.m.)

08 de Julio de 2011

Reproducir
Nota:
74620
Teniendo en cuenta que la Ley 675 del 2001 establece que el reglamento de administración de la propiedad horizontal no puede prohibir la enajenación o gravamen de los bienes de dominio privado ni limitar la cesión de los mismos a cualquier título, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial recordó, frente a la posibilidad de impugnar la venta de un conjunto cerrado, que es el propietario del bien privado el que ostenta el uso, goce y disposición del mismo. Por lo tanto, debe mediar un acuerdo de voluntades entre el vendedor y el posible comprador para que la propiedad pueda ser transferida.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)