Concejo municipal puede solicitar informes sobre funciones del comisario de familia, sin intervenir en su ejercicio (11:09 a.m.)
21 de Diciembre de 2017
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Nota:
58683
Los comisarios de familia son empleados de carrera administrativa, cuyas funciones y competencias están claramente definidas en la ley. En particular, son autoridades administrativas de restablecimiento de derechos. Sus decisiones pueden ser revisadas eventualmente por el juez de familia, es decir, no tienen un superior funcional en la entidad territorial que pueda intervenir o revisar sus actuaciones respecto de los casos y procesos que conocen en virtud del mandato legal. No obstante, al ser el concejo municipal quien determina la organización de la comisaría de familia en el respectivo municipio y, en ese sentido, su adscripción a una dependencia del gobierno distrital, puede solicitar informes sobre el cumplimiento de sus funciones, sin intervenir en su ejercicio o direccionar las decisiones o actuaciones a adoptar.
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