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Actualizado hace 42 minutes | ISSN: 2805-6396

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Enrique Viveros: “El concepto de familia ha evolucionado vertiginosamente”

16 de Enero de 2014

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Nota:
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La familia es una de las instituciones jurídicas que más cambios ha tenido en las últimas décadas. De los ritos religiosos se ha pasado a las uniones maritales de hecho, tanto heterosexual como homosexual; a la formalización privada; al matrimonio gay y a las uniones de parejas bajo diferentes techos, entre otras.

 

El libro La nueva formalización de parejas, de Legis, analiza, con profundidad, todas esas posibilidades, bajo el amparo de la Constitución y la jurisprudencia sobre la materia. En palabras de su autor, Enrique Viveros, el propósito de esta obra es demostrar cómo en los últimos tiempos, en el mundo y en particular en Colombia, “los conceptos de unión afectiva estable y familia han evolucionado en forma vertiginosa”.

 

ÁMBITO JURÍDICO. ¿Qué tipo de uniones afectivas permanentes se encuentran actualmente?

 

Enrique Viveros: Existen varios tipos que dan lugar a distintas formas de constituir una familia. En Colombia, el porcentaje más alto de estas suele unirse de hecho, es decir, sin acudir a formalización alguna, lo que da lugar a la unión marital de hecho heterosexual u homosexual, que están reguladas por la Ley 54 de 1990 y las sentencias de la Corte Constitucional.

 

Las parejas que formalizan sus uniones suelen hacerlo acudiendo a los viejos matrimonios civiles o religiosos, que constituyen un contrato en virtud del cual un hombre y una mujer expresan su decisión de contraer nupcias ante un funcionario del Estado o ministro de un culto religioso autorizado. Tratándose de uniones entre parejas del mismo sexo, algunas formalizan su relación acudiendo al matrimonio igualitario, ante notario o juez.

 

Algunas parejas rechazan el formalismo estatal o los dogmas y ritualidades religiosos y acuden a la formalización privada, mediante un ritual y pacto civil de amor y convivencia que, precisamente, recomiendo en nuestro libro La nueva formalización de parejas y que desarrolla Tito Livio Caldas, coautor de la obra.

 

Á. J.: ¿Qué otra clase de vínculos existen?

 

E. V.: No solo la unión afectiva permanente se origina en el amor de una pareja de distinto o del mismo sexo, sino también de uniones en las que la sexualidad está ausente por completo. Me refiero a las que dan lugar a las familias monoparentales de que trata la Corte Constitucional, en la Sentencia C-577 del 2011. Así, por ejemplo, están las que conforman una mujer o un hombre con uno o varios hijos, al igual que aquella que se integra cuando, faltando los padres, los hermanos mayores se encargan de la crianza o educación de los menores, o cuando los abuelos asumen la crianza de sus nietos.

 

Á. J.: De acuerdo con la Corte Constitucional, ¿qué deben hacer los jueces y notarios: reconocer un “matrimonio” o una “unión homosexual”?

 

E. V.: Este punto ha sido objeto de discusión. Algunos juristas sostienen que la Sentencia C-577 del 2011 debe ser interpretada en el sentido de que las parejas del mismo sexo pueden solemnizar su vínculo contractual acudiendo ante juez o notario, pero que dicha solemnización no constituye matrimonio. Otros sostenemos, con fundamento en ese fallo, que las parejas homosexuales pueden contraer matrimonio y, por consiguiente, tanto la competencia como los efectos son los señalados por los códigos Civil y de Procedimiento Civil. En igual sentido, hay que destacar que el Consejo de Estado, en julio del 2013, precisó que es necesario “derribar las barreras que han impedido constituir una familia por motivos de raza u orientación sexual”. No obstante, la última palabra la tiene la Corte Constitucional.

 

Á. J.: ¿En qué consisten las uniones bajo diferentes techos?

 

E. V.: Esta clase de unión, que también se analiza en la obra, es una propuesta audaz e interesante, elaborada en el 2004 por Ramón Jimeno y su compañera Ana María Corrales, cuando iniciaron su convivencia de pareja bajo techos diferentes, que es reproducida en el libro como un valioso aporte, sobre todo cuando los hijos provienen de uniones anteriores y, frente al proyecto de vivir bajo el mismo techo, se pueden encontrar dificultades. Esta situación induce a muchas parejas a optar por una unión bajo techos diferentes. A este mismo tipo de unión pueden acudir las personas menos convencionales, dispuestas a renovar y cambiar, mas libertarias, con baja tolerancia al tedio, al malestar y al estancamiento que suele generar una relación de convivencia permanente y monótona.

 

 

Enrique Viveros Castellanos

 

Estudios realizados: abogado y magíster en Filosofía del Derecho y Teoría Jurídica de la Universidad Libre.

 

Cargos desempeñados: en la Universidad Libre se desempeñó como secretario de la Facultad de Derecho, secretario general y Director de la Especialización de Derecho de Familia. También fue Jefe de la Unidad de Derecho Civil y Familia de Legis Editores S. A. y docente universitario en pregrado y posgrado.

 

Ocupación actual: profesor de las universidades Libre, Autónoma de Colombia y San Martín, entre otras.

 

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