Ausencia de acto administrativo que varíe la asignación de un asunto de un fiscal a otro no implica su nulidad (12:48 p.m.)
86994
05 de Abril de 2013
Escucha esta noticia audio generado con IA
La Sala Penal de la Corte Suprema recordó que el Fiscal General de la Nación y sus delegados tienen competencia en todo el país, según el artículo 82 de la Ley 600 del 2000. Sin embargo, esto implica que deben presentar la acusación ante el juez competente de acuerdo con la naturaleza del hecho y el factor territorial. Además, la ausencia de acto adm
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!