Pasar al contenido principal
28 de Marzo de 2024 /
Actualizado hace 17 horas | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Columnista Online


La muerte de los peces de Atlantis y el derecho de los animales

18 de Enero de 2017

Reproducir
Nota:
12665
Imagen
carlos20andres20contreras20lopez-1509241881.jpg

Carlos Contreras

Doctor en Derecho de la Universidad Autónoma de Barcelona (UAB)

Profesor del Máster en Derecho Animal y Sociedad

 

                                                           "Cualquiera que diga que a los animales la vida les importa menos  que a nosotros no ha sostenido en sus manos a un animal que lucha por su vida. Todo el ser del animal se vuelca en esa lucha, sin reservas".

J. M. COETZEE, Elizabeth Costello

 

 

El pasado 2 de enero, la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) de Bogotá mató 40 animales marinos incautados al popular centro comercial Atlantis. La SDA señaló que basó su decisión en el artículo 38 de la Ley 1333 del 2009, que dice literalmente lo siguiente:

 

"Artículo 38. Decomiso y aprehensión preventivos. Consiste en la aprehensión material y temporal de los especímenes de fauna, flora, recursos hidrobiológicos y demás especies silvestres exóticos y el de productos, elementos, medios, equipos, vehículos, materias primas o implementos utilizados para cometer la infracción ambiental o producido como resultado de la misma.

 

Cuando los elementos aprehendidos representen peligro para la salud humana, vegetal o animal, la autoridad ambiental procederá de inmediato a su inutilización, destrucción o incineración a costa del infractor. (…)".

 

En primera instancia, tenemos que resaltar que la disposición anterior se trata de una norma de carácter ambiental clásica, cuya finalidad siempre será la de proteger y conservar las especies y los ecosistemas autóctonos ante una especie exótica o “invasora” que representa una amenaza. Pero esto solo tiene sentido si se trata de una amenaza real e inminente, puesto que se trata de una solución “ultima ratio” e indeseada, que consiste en sacrificar las vidas de los animales que han sido introducidos (en todos los casos y de forma irresponsable por los humanos).

 

En el caso de los peces de Atlantis, entendemos que mientras las especies se encontraran en cautividad y bajo la supervisión y control de las autoridades ambientales nacionales no representaban de ninguna manera un peligro para la salud humana, vegetal o animal en el país. Otro caso sería, probablemente, si se liberaran y se tendría que indagar de forma técnica y responsable esa posibilidad, cosa que no se hizo en el caso de los animales del centro comercial.

 

También es muy importante que nos cuestionemos la entrada de dichas especies a nuestro país. Según la poca información que se ha tenido sobre el presente caso, ninguna de ellas estaba incluida dentro del apéndice uno de la CITES (Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres). Esto quiere decir que su comercio no se encuentra prohibido.

 

Así las cosas, si la tenencia de las mismas por parte de Atlantis era irregular o ilegal se debería a que el centro comercial no contaba con los permisos necesarios para su importación o tenencia. Valdría la pena averiguar cómo se produjo la entrada de dichas especies al país y si se presentó un caso de irregularidad en el control o incluso de corrupción por parte de las autoridades nacionales presentes en el control fronterizo por donde ingresaron.

 

En su comunicado oficial, la SDA manifestó que: “No se puede desconocer el impacto que puede llegar a generar el ingreso al país de especímenes exóticos. Se amenaza la biodiversidad y la conservación de los ecosistemas, aparte de que estas especies pueden introducir enfermedades y parásitos a las especies nativas. Igualmente, estos animales foráneos se comportan principalmente como depredadores, alterando el equilibrio biológico”. 

 

No obstante, además de no quedar demostrado que todos los especímenes decomisados representaban una amenaza para el ecosistema (reiteramos, porque a nuestro entender no se hizo una indagación adecuada) tampoco quedó demostrado que todos los animales fueran de aquellos considerados como exóticos o invasores. 

 

De hecho, según Juan Manuel Díaz, biólogo marino y gerente de ciencias de la organización Marviva, no todos los animales que estaban en el acuario de Atlantis eran foráneos ni depredadores: “El camarón limpiador (Lysmata amboinensis) y el pez abuela real (Gramma loreto) provienen del Caribe y son emblemáticos en nuestros arrecifes de coral. No hay problema si se liberan en su ambiente natural”.[1]

 

Lo que sí quedó claro en todo este episodio es que el Distrito Capital, en palabras de su propio alcalde, Enrique Peñalosa, No tenía la capacidad para incautar las especies marinas”.  Pero más importante aún, había otras alternativas diferentes a la matanza de los animales. Resaltamos la palabra “matanza” porque decir que lo que se realizó fue una eutanasia es un eufemismo, ya que una eutanasia se lleva a cabo o tiene lugar cuando estamos ante una enfermedad terminal o para evitar un sufrimiento o perjuicio mayor. 

 

Entonces, ¿qué otra alternativa tenía el Distrito? Fácil, podía trasladar dichas especies a otro acuario o también haberlas dejado en manos del infractor (Atlantis), sin perjuicio de haberlo sancionado

 

Y no lo decimos nosotros, lo dice el artículo 52 de la misma ley en la que el distrito basó su decisión, en el numeral 4º: "La autoridad ambiental competente podrá colocar a disposición de zoológicos, de centros creados por la red de amigos de la fauna, establecimientos afines, fundaciones y/o entidades públicas que tengan como finalidad la investigación y educación ambiental, en calidad de tenedores, los especímenes que no sean objeto de liberación o de disposición en los centros de atención, valoración y rehabilitación", y en el numeral 6º: "En casos muy excepcionales y sin perjuicio de las sanciones pertinentes, cuando la autoridad ambiental considere que el decomiso de especímenes vivos de fauna silvestre implica una mayor afectación para estos individuos, soportado en un concepto técnico, podrán permitir que sus actuales tenedores los conserven y mantengan, siempre y cuando se registren previamente ante la autoridad ambiental y cumplan con las obligaciones y responsabilidades que esta determine en materia de manejo de las especies a conservar."

 

En palabras de Camilo Prieto, integrante del Movimiento Ambientalista Colombiano y quien alertó sobre la tenencia de un tiburón bambú en Atlantis, “hablamos con el Museo del Mar, en Santa Marta, y ellos nos abrieron un espacio en el acuario Mundo Marino. Incluso tramitamos con la Policía Nacional el traslado de estos animales en avión”.

 

Por lo tanto, existía una posibilidad cierta de que la SDA tomara una medida basada en el bienestar de los animales.  A nuestro entender, la secretaría no se interesó lo suficiente por el bienestar de los animales, sino que procedió a incautarlos de forma improvisada y, por una mera formalidad administrativa, sin preguntarse qué era lo mejor para los animales, que ya se encontraban en cautividad y en territorio colombiano.

 

No está de más señalar que una ley posterior a la aplicada por el distrito para justificar la matanza, la 1774 del 2016, en su artículo primero establece que Los animales como seres sintientes no son cosas, recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial el causado directa o indirectamente por los humanos (…).

 

Según la comunidad científica, los peces son seres sintientes. Es decir, son capaces de sentir dolor y son conscientes de ello. Basta revisar la gran cantidad de artículos científicos escritos sobre este tema. A modo de ejemplo los que publicó el año pasado la revista Animal Sentience: An Interdisciplinary Journal on Animal Feeling y que podemos leer gratuitamente en el siguiente enlace: http://animalstudiesrepository.org/animsent/vol1/iss3/

 

Lo que nos está diciendo la ciencia sobre los peces no podemos ignorarlo y, probablemente, llegó el momento de hacer algo al respecto.

 

En definitiva, y volviendo al caso que nos ocupa en este momento, la medida de la SDA ha sido la que lamentablemente es común que tomen las autoridades ambientales a nivel mundial en situaciones como la de este caso: matar a los animales, en vez de adoptar una medida más ética para salvaguardar su vida.

 

[1] http://www.elespectador.com/noticias/bogota/otro-fin-los-peces-era-posible-articulo-674032

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)