Vigentes reglas de concurso para proveer cargos de carrera en el Ejército Nacional
11 de Noviembre de 2021
El Consejo de Estado negó la solicitud de suspensión provisional del Acuerdo 2019000002506, por medio del cual la Comisión Nacional de Servicio Civil (CNSC) y el Ejército Nacional reglamentaron el concurso para proveer cargos de carrera administrativa en esta última entidad, de manera que el mismo seguirá vigente mientras se examina su legalidad.
En la demanda de nulidad que había sido presentada con la intención de que se dejaran sin efecto las reglas del concurso, los accionantes ya habían solicitado la suspensión y el despacho ponente del caso la negó por considerar como no evidente que las condiciones del proceso desconocieran las condiciones legales y constitucionales aplicables.
Posteriormente, dos funcionarios del Ministerio de Defensa adscritos al Ejército Nacional y quienes participaron en el litigio como coadyuvantes solicitaron también que se suspendiera el acto, por considerar que el cambio en la fecha de presentación de las pruebas no tuvo en cuenta las nuevas condiciones generadas por covid-19 y los quebrantamientos de salud que por esta misma causa enfrentaron, lo que, en su concepto, fue el detonante de su exclusión en el proceso.
No obstante, el alto tribunal sostuvo que, luego de haber sido negada una medida cautelar, es posible concederla si han ocurrido hechos sobrevinientes que ameriten la intervención del juez contencioso para evitar que se provoque un perjuicio que no sea posible remediar.
Teniendo en cuenta que los solicitantes piden la intervención ante la supuesta afectación de situaciones particulares, la corporación considera que acontecimientos como estos deben ser valorados a través de medios de control como la acción de nulidad y restablecimiento del derecho o la acción de tutela, si hay lugar. En este caso, como se trata de una acción de nulidad simple, no procede acceder a la solicitud (C. P. William Hernández Gómez).
Opina, Comenta