Suspender la expedición de certificados de uso del suelo no implica modificar el plan de ordenamiento territorial (9:11 a.m.)
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07 de Septiembre de 2016
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Así lo sostuvo la Sección Primera del Consejo de Estado, luego de negar la nulidad del Decreto 0295 del 2004, expedido por el alcalde de Barranquilla, en el que se ordenó la suspensión de la expedición de certificados de usos del suelo para la construcción de estaciones de servicio. Si bien el demandante afirmó que la disposición modificaba normas urbanísticas, el alto tribunal explicó que el decreto distrital, al no reglamentar el uso del suelo, se encuadra dentro de las competencias constitucionales de que dispone el alcalde, en aras de dirigir adecuadamente la acción administrativa de esta ciudad, en vista de la construcción y funcionamiento descontrolado de estaciones de servicio dedicadas a la comercialización de combustibles derivados del petróleo y de gas natural, hecho que venía generando un riesgo para la integridad física de la ciudadanía (C. P. Maria Claudia Rojas).
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