Supresión del registro de libros no exime a la sociedad de llevar contabilidad (2:35 p.m.)
12 de Abril de 2013
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Nota:
87627
Si bien la Circular Externa 100-000001 del 2012 examinó las posibles situaciones que pueden presentarse con relación al registro de los hechos económicos en los libros oficiales de contabilidad, teniendo en cuenta lo previsto en el Decreto 19 del 2012 (Antitrámites), por el cual se suprimió la inscripción de los libros en el registro mercantil y determinaron las actuaciones que deben realizar los administradores con aquellos registros que, estando en obligación de hacerlos, no fueron efectuados en su oportunidad, lo hizo sin perjuicio de las facultades que en materia de inspección, vigilancia y control puede ejercer la Superintendencia de Sociedades en cada caso y que pueden generar, inclusive, sanciones por el incumplimiento de llevar la contabilidad de los negocios dentro de la oportunidad legal.
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